Caso Sobornos: se ejecuta un acto simbólico
Una placa que menciona la honradez se colocará mañana en Carondelet.
El Tribunal de Ejecución del caso Sobornos 2012-2016 continúa con el cumplimiento del fallo por el delito de cohecho pasivo agravado. El siguiente paso que ordena es la colocación en el Palacio de Carondelet, en Quito, de una placa que diga en quichua y español: “Los recursos públicos deben ser siempre administrados honradamente, el servicio público no es otra cosa que un servicio a la comunidad, con sujeción a los principios de la ética”.
La acción fue dispuesta por los jueces Iván León, Iván Saquicela y Marco Rodríguez, de la Corte Nacional de Justicia (CNJ), en una providencia emitida la tarde del viernes último y que deberá cumplirse mañana a las 09:00. La Procuraduría General del Estado (PGE) fue la delegada para que, haciendo uso de los recursos económicos que han sido pagados por varios sentenciados, proceda a la realización de la indicada placa y coordine lo pertinente a fin de que sea instalada en el lugar y fecha determinados.
La orden de colocar una placa es parte de la reparación inmaterial de la sentencia que recibieron por cohecho los exmandatarios Rafael Correa y Jorge Glas. También fueron condenados los exministros María Duarte, Walter Solís, Vinicio Alvarado, el exsecretario
Alexis Mera, los exasambleístas Christian Viteri y Viviana Bonilla, las exasesoras Pamela Martínez y Laura Terán, y los empresarios Rafael Córdova, Víctor Fontana, Édgar Salas, Bolívar Sánchez, Teodoro Calle, Pedro Verduga, Ramiro Galarza, William Phillips, Mateo Choi y Alberto Hidalgo.
Sobre las disculpas públicas que los 20 sentenciados por corrupción deben dar en la Plaza de la Independencia, en Quito, el Tribunal no ha definido aún una fecha para la acción. Sobre este tema, a inicios de noviembre pasado, el procurador general, Íñigo Salvador, lamentó que la mayoría de los sentenciados esté prófugo y aclaró que estas medidas tendrán que realizarse con aquellas personas que están a disposición de la justicia.
El Tribunal también negó el pedido formulado por la defensa de Correa para que se revoque la disposición de que se hayan dejado de pagar las pensiones vitalicias de expresidente y exvicepresidente a Correa y Glas, en su orden.
Para el análisis se toma en cuenta el primer inciso reformado del artículo 135 de la Ley Orgánica de Servicio Público, que se refiere a las pensiones vitalicias: “(...) Exceptúase del beneficio los mandatarios que no hubiesen concluido el periodo para el que fueron electos por haber sido cesados de acuerdo a una de las causales establecidas en la Constitución, o que hayan sido sentenciados por delitos de peculado, cohecho, concusión, enriquecimiento ilícito”.
“Al existir norma expresa que manda aquello de la eliminación de las pensiones vitalicias, determinando con claridad los casos en los que aquello opera, que precisamente calza o se encuadra al proceso en el cual ahora nos encontramos en ejecución, y al ser un deber ineludible de los operadores de justicia, como el suscrito Tribunal de Ejecución, dar cumplimiento a la ley, lo cual así fuera dispuesto, deviene que no ha lugar el pedido de revocatoria formulado”, concluyen en su escrito. (I)