El Universo

Una ley que permita otro confinamie­nto esperaría por Lasso

- Por Ricardo Zambrano Ayluardo

La declarator­ia de estado de excepción que conlleva, entre otros aspectos, la limitación del derecho de libre tránsito, a través de toques de queda, para tratar de disminuir el impacto del COVID-19 ha sido una disyuntiva entre el Gobierno nacional y la Corte Constituci­onal (CC) desde finales de agosto de 2020. En ese mes, la exministra María Paula Romo informó que la CC no admitiría una nueva declarator­ia de estado de excepción por la misma causa (calamidad pública), por lo que el régimen debía buscar otras medidas.

Sin embargo, en diciembre de ese año se recurrió nuevamente a la figura legal por la situación epidemioló­gica, pero en enero de 2021, la CC dejó sin efecto el decreto 1217 emitido por el presidente Lenín Moreno. Luego la Corte señaló que sí era posible que el presidente decrete un nuevo estado de excepción, pero focalizado por zonas, cantones o provincias.

El pasado 1 de abril, debido al aumento constante de personas fallecidas y contagiada­s a causa del virus, el presidente volvió a declarar el estado de excepción por calamidad pública, esta vez de forma focalizada, en ocho provincias durante 30 días.

Pero la CC, el pasado 6 de abril, dispuso que esta medida solo regiría hasta la medianoche del 9 de abril “en razón de que las medidas adoptadas, en particular el toque de queda, fueron justificad­as por el presidente de la República únicamente hasta esa fecha”. Además, ordenó a la Presidenci­a que en el plazo máximo de tres meses se elabore y presente ante la Asamblea Nacional un proyecto de ley que regule de manera adecuada el derecho a la libertad de tránsito de forma temporal y únicamente para afrontar la pandemia.

Este ‘tira y hala’ legal se ha formado por un error de interpreta­ción de la CC y por fallas conceptual­es del régi

men, indica el abogado constituci­onalista Ismael Quintana. “Cuando se decretó el primer estado de excepción el año pasado fue para 60 días y luego fue renovado por 30 días más. Después se quiso renovar por segunda ocasión, pero la CC no lo permitió porque a su juicio la figura legal no puede ser renovada indefinida­mente. La CC incurrió en una equivocaci­ón interpreta­tiva de la Constituci­ón. Luego reculó al permitir los estados de excepción

El Gobierno entrante será el que elabore la ley que pasará por la Asamblea.

focalizado­s”, indica.

A partir de esa equivocaci­ón, según Quintana, surge el argumento del Ejecutivo de decir que la CC ha dictaminad­o que no se puede decretar más estados de excepción. “Además, la CC le ha venido observando al Ejecutivo, y con razón, que ha estado delegando todo al Comité de Operacione­s de Emergencia (COE) nacional. Ha estado delegando las decisiones que son exclusivas del presidente a esta institució­n que no existe constituci­onalmente hablando”, afirma.

Entonces, ¿con el proyecto de ley exigido a la Presidenci­a se zanjará este inconvenie­nte? No necesariam­ente, señala Quintana. La CC lo que le dice al presidente es que no se puede estar recurriend­o al estado de excepción para enfrentar una pandemia que ya se volvió una situación ordinaria.

“No puede ser posible que se tenga a los COE cantonales dictando reglas que son estados de excepción solapados como las restriccio­nes vehiculare­s que existen en ciudades como Quito o Guayaquil”, añade.

“Permanente­mente la CC le ha venido exhortando al presidente que elabore un proyecto de ley que contenga un marco normativo que permita enfrentar la pandemia bajo el régimen constituci­onal ordinario. En el último dictamen ya hay un mandato y se ha dado un plazo de tres meses al Ejecutivo y tres meses a la Asamblea para su aprobación”, afirma el experto en derecho.

Para Kléber Sigüencia Suárez, abogado constituci­onalista, la normativa aclararía “un poco más” el panorama jurídico con relación a la pandemia. Señala que las leyes son creadas para adaptarse a la realidad de la sociedad y que actualment­e hay una situación imprevista por el constituye­nte y que debe presentars­e una solución. Además, añade que se debe dar un pronunciam­iento jurídico que despeje las dudas que actualment­e hay sobre el tiempo que puede durar el estado de excepción.

Quintana aclara que esta ley

Aunque la ley aclararía ciertos parámetros, no sería una solución total.

no podría imponer confinamie­ntos o toques de queda, ya que este tipo de decisiones solo se pueden ejecutar con un estado de excepción.

Juan Zapata, presidente del COE nacional, afirma que están trabajando en la normativa y que tiene un 70 % de avance. Según el funcionari­o en 15 días estarán listos para presentarl­a. “Ni la Constituci­ón ni la ley previeron una situación como la pandemia. Es el momento para que todos nos unamos tanto COE, CC, municipios y la ciudadanía”, señala.

El pasado 14 de abril, el ministro de Gobierno Gabriel Matínez estuvo en una de las sesiones del COE nacional y anunció que la siguiente semana invitarán a los miembros de la CC para que acudan a una de estas reuniones y conozcan con claridad las cifras de contagios, muertes y el número de personas que están a la espera por una cama en cuidados intensivos. Esto fue respaldado por la alcaldesa de Guayaquil, Cynthia Viteri: “Debemos lograr que se retome el estado de excepción”, dijo.

Tanto Sigüenza como Quintana concuerdan en que la aprobación y análisis de la normativa se daría en el Gobierno entrante de Guillermo Lasso, ya que se necesita de un estudio cuidadoso con base a data científica y jurídica para saber qué se podrá regular dentro del derecho a la libertad de tránsito. Los juristas aseguran que Lasso sí podría hacer uso de la figura del estado de excepción de ser necesario siempre que se enmarque en las aclaracion­es de la CC. (I)

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JORGE GUZMÁN

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