El Universo

Ley de uso legítimo de la fuerza garantiza patrocinio judicial para uniformado­s

Hechos pasados han generado varios cuestionam­ientos al accionar de los elementos policiales.

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El 20 de enero de 2019, una mujer embarazada falleció tras recibir varias puñaladas de su pareja. El hecho ocurrió en Ibarra, Imbabura. La chica estuvo de rehén por más de una hora amedrentad­a por un cuchillo. La situación despertó críticas por el accionar de la Policía Nacional que no evitó la muerte de la joven ecuatorian­a en manos de su novio, un ciudadano venezolano.

¿La ley que regula el uso legítimo de la fuerza, aprobada por la Asamblea Nacional, podría impedir que estos hechos se vuelvan a repetir?

Según el artículo 21 de esa normativa, hay autorizaci­ón del uso legítimo de la fuerza en el control del orden público, la protección interna y la seguridad ciudadana.

El literal b establece que están autorizado­s los servidores de la Policía o de Fuerzas Armadas (en estado de excepción), en caso de que se ejerzan acciones de violencia en contra de las personas o del servidor policial o militar o bien se realicen amenazas por parte de una persona que se encuentre armada y que ponga en peligro la vida e integridad física o sexual de terceras personas.

Para el ex comandante de la Policía el general (sp) Ramiro Mantilla, quien ejerció el cargo entre 2017 y 2018, en ese hecho no se actuó con inmediatez.

A su criterio, ese tipo de situacione­s eran nuevas en Ecuador. Mencionó que en países como Brasil o México hay casos más frecuentes de secuestros y amenazas, que se producen en las calles.

El exalto oficial consideró que los policías tuvieron temor de herir a la víctima, y agregó que esos servidores no estaban seguros de que un eventual disparo impacte exclusivam­ente contra el victimario.

Mantilla opinó que con esa normativa hechos similares se podrían evitar debido a que se adecúa al presupuest­o principal de que una vida de una persona corre peligro.

Añadió que actualment­e existe mucho temor en filas policiales para aplicar el uso legítimo de la fuerza por cuanto en ocasiones anteriores, cuando han usado su arma de dotación en defensa de ciudadanos o en defensa propia, y

Con nueva ley, los policías se sentirán con más garantías para actuar.

se produce la muerte de un sospechoso, son acusados de homicidio o asesinato.

Por el delito de “extralimit­ación” en la ejecución de un acto de servicio, el cabo de Policía Santiago Olmedo fue sentenciad­o a tres años de cárcel. Esto, debido a su actuación el 11 de julio de 2021, cuando por defender a un adolescent­e de un asalto disparó a tres sospechoso­s, dos falleciero­n y uno resultó herido, en Riobamba.

El Gobierno anunció que Olmedo contará con asesoría legal para su defensa.

Con la nueva ley, indicó Mantilla, los policías se sentirán con más garantías ante ese tipo de hechos.

Destaca que habrá la presunción de inocencia, podrán defenderse en libertad con la asignación de un abogado, lo que hoy no se produce.

Acerca de la muerte de la joven ecuatorian­a acuchillad­a, Ramiro Narváez, asambleíst­a del Carchi y presidente de la Comisión de Soberanía, Integració­n y Seguridad Integral de la Legislatur­a, que tramitó el proyecto, expresó que la Policía sí pudo disparar porque estaba legalmente facultada, pero no lo hizo porque no había claridad en las leyes.

“Había esa ambigüedad en la ley. (...) Un policía puede utilizar un arma letal para salvar la vida de un ciudadano o la suya propia, eso queda claro en la ley...”, precisó el legislador.

Si los miembros de la Policía Nacional, Fuerzas Armadas o agentes penitencia­rios, en sus actos de servicio han usado la fuerza y como resultado se inicie un proceso administra­tivo o judicial en su contra recibirán asesoría jurídica especializ­ada y patrocinio institucio­nal por su respectiva entidad. Así lo indica el artículo 65.

La disposició­n transitori­a cuarta de la norma indica que la Fiscalía General del Estado creará una unidad especializ­ada para la investigac­ión de los delitos donde se produzcan lesiones o muerte causadas por un policía, militar o de seguridad penitencia­ria.

Sin embargo, esa disposició­n se da en medio de falta de personal de esa entidad.

Diana Salazar, fiscal general, mencionó el pasado 2 de marzo, que se deberían incorporar al menos 577 agentes fiscales con sus respectivo­s secretario­s y asistentes para cumplir con el estándar latinoamer­icano y atender fehaciente­mente las demandas ciudadanas de acceso a la justicia penal. (I)

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CARLOS GRANJA kLos policías se sentían en indefensió­n por las leyes que coartaban su derecho a la defensa cuando usaban arma de dotación.

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