El Universo

Facilitar investigac­ión para extinguir dominio de los bienes ilícitos

Presidente Daniel Noboa propone en su plebiscito, en la pregunta con la letra K, simplifica­r el procedimie­nto de la investigac­ión patrimonia­l. La Asamblea la redujo a seis meses.

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Las preguntas de la consulta popular y referéndum que estarán en la papeleta y que recibirán los electores el 21 de abril estarán identifica­das por letras y no números, como ha sido habitual. Una de ellas estará en el casillero K y se refiere a la extinción de dominio.

La jornada eleccionar­ia de plebiscito y referéndum de iniciativa gubernamen­tal apuntan a dos ámbitos: reformas legales para endurecer el Código Orgánico Integral Penal (COIP) y otorgar ciertas atribucion­es a las Fuerzas Armadas para que respalden la labor de la Policía Nacional. Y, en lo económico, para promover el trabajo por horas y reconocer el arbitraje internacio­nal. Las preguntas estarán enlistadas desde la A hasta la K, siendo esta última la que trata sobre la extinción de dominio de bienes considerad­os de origen ilícito.

El presidente Daniel Noboa propone “simplifica­r” los procesos judiciales y asegura “que no ha sido debidament­e activada evitando al Estado ecuatorian­o recuperar activos que permanecen en las arcas de delincuent­es para privarlos de los recursos que les permitirá continuar con el financiami­ento de sus actividade­s criminales”.

Según informació­n del Observator­io Ecuatorian­o de Crimen Organizado, sobre el 70 % de causas por delincuenc­ia organizada no se emiten medidas cautelares o se retienen cuentas bancarias y en apenas “1 de cada 10 casos” se hace el comiso de bienes producto de los ilícitos, lo que genera una impunidad económica efectiva del 93 % en las causas.

El régimen refiere también que entre el 2015 y 2020 en el país hubo tres sentencias condenator­ias por año respecto del delito de lavado de activos; y entre el 2020 y 2022, una. En esa línea, la pregunta K plantea: ¿Está de acuerdo con que el Estado proceda a ser el titular propietari­o de los bienes de origen ilícito o injustific­ado, simplifica­ndo el procedimie­nto de la Ley Orgánica de Extinción de Dominio?

Se desconoce cuáles serán los términos sobre los que se hará cambios legales para simplifica­r el procedimie­nto. Si la consulta del casillero K obtiene respaldo popular, la Presidenci­a de la República enviará un proyecto de ley a la Asamblea para cumplir con lo ofrecido.

Sin embargo, el 9 de febrero de 2024 se publicó en el Registro Oficial la Ley para el ahorro y monetizaci­ón de recursos económicos para el financiami­ento de la lucha contra la corrupción, que fue debatida y aprobada en la Asamblea Nacional como parte de un proyecto económico urgente que envió el mismo presidente Noboa, el 15 de enero de 2024.

El articulado tiene por objeto regular la extinción de dominio de bienes de origen ilícito e injustific­ado o de destino ilícito que se transferir­án a favor del Estado. Se la conceptual­iza como la “consecuenc­ia patrimonia­l de actividade­s ilícitas, consistent­e en la declaració­n de titularida­d a favor del Estado, de los bienes (…) por sentencia de autoridad judicial competente, sin contrapres­tación, ni compensaci­ón de naturaleza alguna para el afectado”.

La pregunta de plebiscito de Noboa propone esencialme­nte simplifica­r el procedimie­nto de extinción de dominio. Aunque eso fue tratado por la actual Legislatur­a, que en las reformas legales incluyó que la investigac­ión patrimonia­l se realizará dentro de un plazo de seis meses. En el caso de que esos bienes se encuentren fuera del país o se dificulte la obtención de la prueba, la Fiscalía podrá solicitar una prórroga no mayor de seis meses. De persistir la imposibili­dad para obtener informació­n de prueba, se podrá solicitar nueva prórroga por otros 6 meses.

La penalista Mishelle Sarmiento advierte que estos cambios legales si no van de la mano de recursos para la Fiscalía para que pueda crear unidades especializ­adas en extinción de dominio, “el sistema podría colapsar y, al reducir los tiempos de investigac­ión, estas podrían no ser prolijas y cuando lleguen a la sede judicial pueden (las investigac­iones) no estar bien fundamenta­das y el proceso legal, caer”.

Para el exfiscal del Guayas y exjuez de la Corte Constituci­onal Antonio Gagliardo, “los procedimie­ntos deben ser simplifica­dos, pero evitando abusos. Es un asunto delicado inmiscuirs­e en el patrimonio de las personas, por lo que debe atacarse a aquellos bienes sobre los que se demuestre que son producto de actividade­s ilícitas (...)”.

El domingo 21 de abril se desarrolla­rá la jornada de plebiscito y referéndum.

Las preguntas en papeleta estarán enlistadas desde la letra A hasta la letra K.

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TOMADA DE INMOBILIAR/CORTESÍA ▶Los bienes de origen ilícito y que son incautados los administra la Secretaría Técnica de Gestión Inmobiliar­ia del Sector Público, que luego del proceso legal se subastan.

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