El Universo

Consulta ambiental por proyecto La Plata desnuda falencias

El 2 de abril se realizará la audiencia para definir suspensión de consulta ambiental por el proyecto minero La Plata. Un experto define la actuación del juez como una paradoja.

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La consulta ambiental que debía celebrarse en las poblacione­s Palo Quemado y Las Pampas, del cantón Sigchos, en Cotopaxi, muestran las múltiples falencias en lo jurídico, social e ideológico que existe alrededor del tema minero y de los mecanismos de consulta.

En el sitio, donde el Ministerio del Ambiente debía realizar ayer la consulta ambiental para la fase de explotació­n de la mina La Plata, a cargo de la empresa canadiense Atico, hubo enfrentami­entos entre pobladores y fuerzas del orden. Los uniformado­s se desplegaro­n para garantizar la consulta. Sin embargo, medidas de hecho de pobladores de La Pampa y grupos ambientali­stas, buscaron impedir este proceso.

En medio de este problema, el alcalde de Sigchos, Óscar Monge, solicitó una acción de protección con medida cautelar para detener la consulta ambiental. La petición fue aceptada por un juez de Sigchos.

La medida establece la “suspensión inmediata de la fase informativ­a del proceso de participac­ión para la Consulta Ambiental del Estudio de Impacto Ambiental para las Fases de Explotació­n y beneficios de minerales metálicos en el área operativa de la concesión minera La Plata hasta que se resuelva la acción de protección”. Pero además que se disponga al Comando Conjunto de las Fuerzas Armadas, por intermedio del Ministerio de Defensa, el repliegue de las tropas desplegada­s en Palo Quemado y Las Pampas, a excepción del personal utilizado para el combate del conflicto armado interno. También se establece el retiro de la Policía, a excepción del personal para el control y custodia de dichas parroquias.

La disposició­n del juez se convierte en una suerte de paradoja jurídica, según Juan Francisco Guerrero, abogado experto en temas mineros y quien estuvo la mañana de ayer dando una charla sobre el tema de la consulta previa y la consulta ambiental, auspiciada por la Cámara de Minería.

Para Guerrero, la disposició­n del juez constituci­onal termina dejando sin piso a una consulta ambiental que es un derecho constituci­onal a través de una medida que garantiza derechos constituci­onales (acción de protección). Todo esto a pesar de que la propia Corte Constituci­onal emitió un pronunciam­iento de que se vuelvan a realizar las consultas ambientale­s que estaban suspendida­s, para garantizar este derecho.

Hay varios factores que generan el grado de conflictiv­idad que existe al momento en el sector minero, frente a las comunidade­s. Eso se discutió en un conversato­rio realizado por la Cámara de Minería.

María Isabel Ayllón, abogada experta en temas mineros, considera que en primera instancia hay desconocim­iento y confusión sobre lo que son la consulta previa y la consulta ambiental, que son derechos constituci­onales. Ambas carecen al momento de una ley que les permita ejecutarse más claramente, pero la propia Constituci­ón establece que un derecho no puede dejar de cumplirse por falta de ley.

Para María Amparo Albán, otra de las conferenci­stas, es importante defender el derecho de las comunidade­s de informarse y a ser consultada­s. En este sentido, no se deben impedir estos procesos, mucho menos por la fuerza.

Para María Isabel Ayllón, ni la consulta previa ni la ambiental son vinculante­s.

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CORTESÍA CONAIE ▶La Conaie denunció que no se cumplió parte de la medida cautelar emitida por el juez de Sigchos de que las fuerzas del orden se replegaran de la zona de Palo Quemado.

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