COMISIÓN DA SUGERENCIAS AL PLENO
Con 9 votos a favor, la Comisión Especializada Permanente del Derecho al Trabajo y a la Seguridad Social recomendó por unanimidad al pleno de la Asamblea Nacional allanarse a las observaciones que hizo el presidente de la República, Daniel Noboa, al proyecto de ley orgánica reformatoria para la erradicación de la violencia y el acoso en todas las modalidades de trabajo.
Se recomendó al pleno de la Asamblea el allanamiento a la propuesta en la objeción V, referente al artículo 9 del texto. El presidente Noboa aquí plantea: “Art 9.- En el artículo 24 de la Ley Orgánica de Servicio Público, sustitúyase el literal ñ) e incorpórese como literal p) lo siguiente: ñ) Generar actos de violencia y acoso laboral; p) Las demás establecidas por la Constitución de la República del Ecuador,
Mesa aprobó informe no vinculante de la objeción parcial de Daniel Noboa.
leyes y reglamentos”.
También recomendó el allanamiento a las objeciones octava, novena, décima y decimoprimera, propuestas en la objeción parcial del Gobierno nacional. Estas abordan temas como que sea la Senescyt y el Ministerio de Salud Pública los que emitirán normativa para dar cumplimiento a esta norma ya que Noboa dijo que cada ministerio puede implementarlas según sus competencias. La Comisión recomendó la ratificación de los textos aprobados por el pleno de la Asamblea, que se refiere a las objeciones primera, segunda, tercera, cuarta, sexta, séptima de la ley. Estas abordan los artículos 1, 2, 7, 8, 10, 11 del texto original.
En el artículo dos plantea se reforme definición de lo que es violencia y acoso. El artículo aprobado por la Asamblea es extenso y define a la violencia y acoso laboral a todo tipo de comportamientos y prácticas inaceptables, incluidas las amenazas que ocurran una sola vez o de manera repetitiva, que resulten o puedan resultar en un daño físico, psicológico, sexual, económico, político, simbólico o digital contra el trabajador (...).