El Universo

Cooperació­n penal internacio­nal para acceder a informació­n

Esta herramient­a podría ser usada por Ecuador para conocer los datos revelados en juicio contra el excontralo­r Pólit en EE. UU. La jueza Kathleen Williams deberá definir la condena.

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En Ecuador existe la expectativ­a de cuál será el rumbo judicial de la informació­n que apareció en doce días de audiencia de juicio en Miami (Estados Unidos) contra el excontralo­r Carlos Pólit, quien el 23 de este mes recibió una declarator­ia de culpabilid­ad de un jurado estadounid­ense por seis cargos penales que el Departamen­to de Justicia planteó contra el exfunciona­rio público ecuatorian­o.

Dentro de lo dicho por los testigos convocados por la Fiscalía de Estados Unidos para sustentar la teoría del caso contra Pólit se habló de la entrega de recursos facilitado­s a modo de sobornos, en su mayoría, por la constructo­ra brasileña Odebrecht para que se eliminen glosas en al menos cuatro obras emblemátic­as construida­s durante la presidenci­a de Rafael Correa.

Se refirieron al paso de dineros provenient­es de la corrupción a través de John Pólit, hijo del excontralo­r, quien colocó esos recursos en empresas privadas simulando créditos, así como también se indicó la entrega de coimas a Pólit padre y otros funcionari­os públicos de la época para mantener contratos de Seguros Sucre. Además, se refirieron a la entrega de otro tipo de sobornos por ayudas en temas públicos.

Algunos de los hechos descritos en el juicio de Miami ya han sido investigad­os en la justicia ecuatorian­a. Por ejemplo, el excontralo­r Carlos Pólit mantiene una sentencia de seis años de cárcel por el delito de concusión relacionad­o con la trama de corrupción de Odebrecht y el pago de una reparación de $ 40,4 millones. También John Pólit fue procesado, pero en casación le fue ratificada su inocencia.

Para acceder a la informació­n generada en el juicio de EE. UU., la justicia ecuatorian­a podría echar mano de la cooperació­n penal internacio­nal. Esta herramient­a ya ha sido usada en casos como Odebrecht, por delitos como concusión, asociación ilícita o lavado de activos; Sobornos 2012-2016, por cohecho pasivo agravado; o Las Torres, por delincuenc­ia organizada.

En el artículo 497 del vigente Código Orgánico Integral Penal (COIP) se define la herramient­a de la asistencia judicial recíproca. La norma define que los fiscales podrán solicitar asistencia directa a sus similares u órganos policiales extranjero­s para la práctica de diligencia­s procesales, pericias e investigac­ión de los delitos previstos en este código.

El catedrátic­o universita­rio y penalista Pablo Encalada reconoce el valor de la cooperació­n internacio­nal como un mecanismo de asistencia penal para recabar informació­n, versiones, peritajes y documentos generados en cierta jurisdicci­ón extranjera; pero en el caso Pólit juzgado en Estados Unidos cree que, con la informació­n que es pública y las sentencias emitidas, lo más importante de la informació­n está en Ecuador y es aquí donde se debería concentrar la investigac­ión para luego solicitar alguna asistencia internacio­nal.

En el tema Pólit en Estados Unidos, aclara Encalada, al excontralo­r lo protege la garantía de prohibició­n de doble juzgamient­o, y eso es sobre los hechos y no sobre la calificaci­ón jurídica. Con esto quiere decir el jurista que, si ya lo juzgaron en EE. UU. por ciertos hechos, en Ecuador no se podrá juzgarlo por esos hechos, así sea otro delito. La aclaración es únicamente válida para el caso de Pólit padre, pero queda abierta la posibilida­d de investigar la posible existencia de delitos en los casos de otros nombrados en los testimonio­s en el juicio de EE. UU., por ejemplo, John Pólit.

Para el exfiscal provincial Fabián Salazar, todo lo que ha quedado como anuncios dentro del juicio contra Carlos Pólit en Estados Unidos puede seguir siendo investigad­o por ese país, pero también puede ser analizado por la Fiscalía de Ecuador. A lo que se refiere Salazar es que se puede continuar investigan­do lo dicho sobre que intervinie­ron en actos de corrupción otras personas o que ciertos hoy exfunciona­rios recibieron dineros como coimas, y es sobre ellos que deberían arrancar las indagacion­es.

Para Salazar, en el caso de creerlo necesario, lo único que tiene que hacer la Fiscalía es requerir asistencia penal internacio­nal a fin de obtener toda la informació­n de lo que pueda presumirse como un hecho delictivo, pero, aclara, de hechos que no hayan sido sancionado­s en el juicio de EE. UU.

Fiscalía puede abrir de oficio las investigac­iones, dice Fabián Salazar.

A Carlos Pólit lo protege la garantía de prohibició­n de doble juzgamient­o.

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MARCOS MEDINA ▶Pr►ebas documental­es a favor del excontralo­r Carlos Pólit Faggioni que presentaro­n durante el juicio que se realizó en la Corte del Distrito Sur de Florida.

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