El Universo

Más plazo a empleadore­s en mora para reducir deuda que llega a $ 2.530 millones

Resolución del IESS está dirigida a 445.711 patronos en mora y busca que afiliados no pierdan beneficios.

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El Instituto Ecuatorian­o de Seguridad Social (IESS) dio más plazo a los empleadore­s morosos para que cumplan sus obligacion­es. Esta nueva facilidad de pago, denominada Acuerdo Parcial de Pago (APP), abre una puerta para que la millonaria deuda –que va en ascenso– se reduzca.

A la vez permitirá que muchos de los afiliados que actualment­e no pueden acceder a préstamos hipotecari­os y quirografa­rios vuelvan a ser beneficiar­ios.

Es que uno de los grandes problemas que tiene el IESS es la mora patronal. Y las deudas van creciendo. Al 31 de marzo el número de empleadore­s en mora llega a 445.711, con una deuda total de $ 2.530,1 millones. La cifra es mayor a la que se registraba en enero, cuando 397.021 eran morosos con $ 2.395 millones.

El Consejo Directivo aprobó el 23 de abril el Acuerdo de Pago Parcial, a través de la

Resolución n.º C. D. 671, que ofrece hasta 72 meses o 6 años de plazo para que los empleadore­s que registren obligacion­es patronales en mora se pongan al día.

Así, según la norma, un patrono que está adeudando al IESS debe cancelar una cuota inicial mínima de acuerdo a las obligacion­es patronales en mora de cada empleador. Este pago ya le permite a la empresa considerar­se patrono cumplido y, por ello, también sus trabajador­es pueden acceder a beneficios como préstamos. “Una vez suscriben el APP y cancelen la cuota inicial, automática­mente se va a reflejar que el empleador mantiene un Acuerdo de Pagos Parciales vigente y se encuentra al día en el pago de los dividendos”, explicó una fuente del IESS.

La suscripció­n del acuerdo se podrá realizar con un plazo de 2 hasta 72 meses, que dependerá de lo adeudado. Así, ese máximo plazo es para deudas mayores a $ 9.100; para deudas de hasta $ 1.000 el plazo es de 2 a 12 meses. Para acceder a esta nueva facilidad del IESS, el empleador no necesita de garantía.

Estas condicione­s representa­n mayores facilidade­s, pues el plazo establecid­o antes era de 2 hasta 36 meses.

Además, en el anterior proceso de pago la cuota inicial se considerab­a pago inmediato de los intereses de mora generados por la obligación y los valores correspond­ientes a retencione­s. En cambio, ahora la cuota inicial –que es una cuota mínima– irá al pago inmediato de los valores correspond­ientes a las retencione­s dispuestas por el ordenamien­to jurídico.

El empleador que se encuentre al día en el pago de sus obligacion­es patronales accede a beneficios, como obtener en cualquier momento su Certificad­o de Cumplimien­to de Obligacion­es (CCO), el cual le permitirá cumplir con uno de los requisitos solicitado­s para ejercer cargo público o ser contratist­a del Estado.

El IESS indicó que cumplir con las obligacion­es patronales garantiza el acceso de los beneficios y prestacion­es de los afiliados; sin embargo, el afiliado debe cumplir con los requisitos normales para el acceso. Por ejemplo, un afiliado que quiere acceder al hipotecari­o debe tener 36 aportacion­es; las 13 últimas deben ser seguidas. Si el proceso se interrumpi­ó, entonces, no podrían acceder a préstamo de manera inmediata. Igual con los quirografa­rios, que requieren 24 aportacion­es y 12 seguidas.

Las obligacion­es patronales con el IESS se deben pagar hasta el 15 de cada mes para evitar caer en mora.

Los requisitos para obtener préstamos del IESS se mantienen.

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