CNE en Imbabura cumple cronograma electoral pese a cambios de vocales
La preparación del proceso electoral continúa sin interrupciones en las diferentes delegaciones del CNE.
IBARRA • Después de que el Consejo de Participación Ciudadana y Control Social (Cpccs) cesara en sus funciones a los cinco vocales del Consejo Nacional Electoral, el pasado 17 de julio, Santiago Vallejo, de la Delegación de Imbabura, sostuvo que la institución sigue su marcha y que cumplirán el calendario electoral que ha iniciado de cara a las elecciones del 24 de marzo de 2019. Desde el 30 de julio hasta el 13 de agosto se receptarán las postulaciones para quienes participarán en las elecciones de miembros del Cpccs, que por primera vez serán elegidos por voto popular.
Informó que del 15 al
26 de octubre procederán con la verificación de inhabilidades, el 5 de noviembre notificarán el cumplimiento de requisitos, del 7 al 13 de noviembre se abre el período de impugnaciones, el 19 de noviembre se hará pública la lista de candidatos, y el 21 de noviembre se hará la convocatoria a elecciones.
Se calcula que las organizaciones presentarían alrededor de 2.000 candidatos, en estos 11 días. Las inscripciones lo pueden hacer en las respectivas delegaciones provinciales del CNE, de 08:00 a 17:00.
Vallejo destacó que desde julio, todos los jueves, se han capacitado a las organizaciones sociales y a la ciudadanía en general que tiene interés en postular a esta importante dignidad del Estado, que por primera vez y de acuerdo con el mandato de la consulta popular serán elegidos a través de la democracia representativa, en las urnas.
Requisitos
De acuerdo con la resolución del Cpccs, entre los requisitos para postular están: ser ecuatoriano, haber cumplido los 18 años de edad, estar en goce de sus derechos políticos y de participación, acreditar probidad notoria reconocida en el manejo transparente de fondos públicos, lo cual se acreditará a través de declaraciones juramentadas ante un notario público.
Además, deben cumplir la acreditación a las organizaciones sociales, poseer título de tercer nivel y una hoja de vida del postulante donde exprese las razones de su candidatura.
Inhabilidades
No podrán ser candidatos quienes estén en interdicción judicial en virtud de una sentencia ejecutoriada que involucre la pena privativa de libertad, mientras esta subsista, o quienes sean contratistas con el Estado.
Además, deben no haber realizado las medidas de rehabilitación en el caso de violencia intrafamiliar, no haber ejercido una autoridad en gobiernos de facto (dictadura), no haber sido sentenciados en crímenes de lesa humanidad, crímenes de odio, y están exentos quienes tenga obligaciones en el SRI y en el IESS, quienes estén afiliados, sean adherentes o dirigentes de partido o movimiento político durante los cinco últimos años, quienes sean miembros del Consejo Nacional Electoral (CNE), los delegados provinciales, los funcionarios inmersos en la verificación de requisitos y las autoridades de las diferentes funciones del Estado.
También no pueden postular quienes sean miembros activos de las Fuerzas Armadas, Policía Nacional, quienes adeuden pensiones alimenticias y quienes tengan una unión de hecho, quienes sean cónyuges o parientes dentro del cuarto grado de consanguinidad y segundo de afinidad del Presidente de la República, del vicepresidente, de los asambleístas, de las autoridades de elección autónomas descentralizadas (prefectos, alcaldes, juntas parroquiales), y quienes tengan cuentas, activos en paraísos fiscales.