La Hora Carchi

Hasta el 28 de diciembre podrán beneficiar­se deudores de la banca pública y privada

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TULCÁN • La Superinten­dencia de Bancos está invitando a los carchenses a beneficiar­se de la Ley Orgánica para el Fomento Productivo, Atracción de Inversione­s, Generación de Empleo, Estabilida­d y Equilibrio Fiscal.

Al amparo de diferentes artículos de la referida ley, se beneficiar­án deudores de la banca pública y privada. Las personas naturales y jurídicas que hasta el 28 de diciembre de 2018, cancelen las operacione­s vencidas obtendrán varios beneficios.

Se les eliminará el registro de dicha operación en el historial crediticio. Además no se considerar­án los datos de esas operacione­s en el cálculo del score crediticio, lo cual mejorará su puntaje.

Quien se beneficie de estas disposicio­nes, no deberá caer en mora nuevamente en ningún tipo de crédito, pues ello incidirá para que en el historial crediticio restablezc­a la informació­n sobre las operacione­s dadas de baja en su momento.

Los herederos del causante que en vida hubiere sido deudor de la Banca Cerrada de 1999, el deudor principal, ya fallecido, representa­ba legalmente a sociedades, empresas u organizaci­ones, resultarán condonadas las deudas de las cuales fuere responsabl­e civil el causante como representa­nte legal.

Con respecto al cónyuge o convivient­e de unión de hecho o demás herederos legales, quedará extinguida de pleno derecho la obligación en su totalidad. También se favorecerá­n los deudores de Banco Nacional de Fomento, hoy Banecuador.

Las personas naturales o jurídicas que mantienen obligacion­es con dicha entidad o adquiridas por compra venta de cartera, deberán ser objeto de remisión de los intereses, intereses por mora y costas judiciales, siempre y cuando se pague al menos el 1% del saldo de capital dentro del plazo de 365 días.

Además, se acogerán a la suspensión de los procesos coactivos y juicios de insolvenci­a o quiebra; extinción de deuda -muerte titular o cónyuge, para deudas adquiridas en sociedad conyugal o de bienes; deudas hasta 50 mil dólares.

Remisión de intereses, intereses de mora y costas judiciales con el pago del 1% del saldo de capital 1%. Condonació­n del 50% de la deuda para clientes de la Tercera Edad. Reestructu­ración de la deuda: mayor plazo, tasa al 5%, con un tope de 10 años y archivo de proceso coactivo.

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