Carchenses enfrentarán a la justicia por contrabando de combustibles
Tres de los nueve aprehendidos por el delito de contrabando de combustibles salieron libres.
intentaban a través de sus abogados obtener la libertad.
Telmo Betancourt, director nacional de la Unidad de Delitos de Hidrocarburos (UIDH), dijo durante la rueda de prensa que los automotores a los que les seguían el rastro desde hace más de tres meses cargaban en las estaciones de servicio entre dos y tres veces diarias y se estima que movilizaban aproximadamente dos mil galones mensuales de gasolina o diésel.
Arresto domiciliario
El juez encargado del caso no quiso pronunciarse sobre el tema. Tras la audiencia, tres de las nueve personas, entre ellas una mujer; obtuvieron la boleta de libertad y no están incursos en el proceso penal.
A un ciudadano con enfermedad terminal se le dictaminó arresto domiciliario; mientras que los cinco restantes fueron procesados, determinándoles prisión preventiva, mientras duran las indagaciones.
El Art. 265 del Código Orgánico Integral Penal (COIP) establece una pena privativa de libertad de cinco a siete años, penalización que no permite medidas alternativas durante el proceso investigativo.
Alternativa
Los involucrados en caso de comprobarse algún grado de culpabilidad pueden acogerse a un proceso abreviado o directo voluntario, que aminoraría el tiempo de privación de la libertad.
Uniformados especialistas en este tipo de indagaciones y autoridades judiciales coinciden que sí los vehículos en los que fueron sorprendidas las personas que se movilizaban al momento del operativo tienen los tanques adulterados son sometidos a los procesos.
Mientras que, la ex directora del Centro de Rehabilitación Social de Tulcán, Leticia Herrera, quien promovió el indulto presidencial de 27 personas privadas de la libertad por estos casos, confirmó que en el grupo no hay reincidentes.
Hernán López, juez de la Corte Provincial de Justicia explicó que este delito juzga a las personas en provincias fronterizas o puertos marítimos que transporten, envasen, comercialicen o distribuyan combustibles, incluido el gas, sin autorización estatal con penas que van de cinco a siete años.