¿Juicio político?
El presidente Moreno es acusado de tener una empresa ‘offshore’ a través de INA Investments Corporación, y adquirir un apartamento en una zona lujosa de España. Según el artículo 129 de la Constitución, para un juicio político al Presidente se requerirá el dictamen de admisibilidad de la Corte Constitucional. No será necesario el enjuiciamiento penal previo: “Para proceder a la censura y destitución se requerirá el voto favorable de las dos terceras partes de los miembros de la Asamblea Nacional. Si de la censura se derivan indicios de responsabilidad penal, se dispondrá que el asunto pase a conocimiento de la jueza o juez competente”. ¿Es tongo, encubrimiento o infamia? Tarde o temprano saldrá a la luz la verdad de este túnel de la degradación de gobernantes de un mismo proyecto político, que enlodan unos a otros. Los ecuatorianos decentes somos convidados de piedra en este entuerto. Dr. Manuel Posso Zumárraga drposso@yahoo.com