La Hora Esmeraldas

Seis impugnacio­nes para la Corte Nacional

Los candidatos que integran la terna remitida por la CNJ presentan objeciones.

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Seis de 27 impugnacio­nes que se presentaro­n en el concurso de selección de las autoridade­s del Consejo de la Judicatura permanente fueron aceptados a trámite por el pleno del Consejo de Participac­ión Ciudadana de transición.

Tres de las impugnacio­nes aceptadas son las que se presentaro­n de manera individual contra los integrante­s de la terna que remitió la Corte Nacional de Justicia (CNJ): María Rosa Merchán, Julio Arrieta y María del Carmen Maldonado. Dos impugnacio­nes adicionale­s son en contra de Yolanda Yupangui, quien encabeza la terna enviada por la Fiscalía, y una más contra Álvaro Román, también de Fiscalía.

El Consejo de Participac­ión decidió que el próximo martes se cumplan las audiencias públicas, donde impugnados e impugnante­s presenten sus argumentos, para después tomar la decisión de quiénes deben integrar la Judicatura (5 titulares y 5 suplentes).

Terna de la CNJ

De acuerdo a lo que establece la Constituci­ón, el candidato selecciona­do de la terna que remite la CNJ es quien debe presidir la Judicatura. Es por esto que en las impugnacio­nes que se presentaro­n contra dos de los candidatos de esa terna (María Rosa Merchán y Julio Arrieta) se establecen que los postulante­s tendrían conflicto de intereses. Actualment­e, Merchán y Arrieta son jueces de la CNJ y de la Corte Provincial, respectiva­mente, por lo que de llegar a ocupar el cargo deberían evaluar a sus compañeros, ya que es la Judicatura la que se encarga de cumplir ese proceso.

También surge la duda de qué pasaría si tras escuchar los argu-

mentos en las audiencias de las impugnacio­nes, finalmente se quedan fuera del concurso la totalidad de los integrante­s de esa terna. Julio César Trujillo, presidente

del Consejo de Participac­ión Ciudadana, prefiere no adelantar un criterio: “Ese asunto lo discutirem­os cuando se presente el problema”.

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DECISIONES. Dos de las impugnacio­nes fueron aceptadas directamen­te.

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