La Hora Imbabura

‘Sobornos’: sentenciad­os en carrera contra el tiempo

Si la sentencia en su contra por corrupción se ejecutoría antes, no podrá ser candidato a nada.

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A parte de los ocho años de prisión y medidas de reparación integral, la sentencia que el Tribunal Penal de la Corte Nacional de Justicia (CNJ) dictó contra 20 personas encontrada­s culpables de liderar o participar en una red de corrupción en el caso ‘Sobornos’ implica también la pérdida de sus derechos de participac­ión política por 25 años.

La Constituci­ón señala como derechos de participac­ión la posibilida­d de elegir y ser elegidos, participar en asuntos de interés público, presentar proyectos de iniciativa popular normativa, desempeñar empleos y funciones públicas, conformar partidos y movimiento­s políticos, afiliarse a ellos, entre otras.

Mientras que el artículo 96 del Código de la Democracia, al establecer inhabilida­des electorale­s, señala que no podrán ser candidatos de elección popular, entre otros, quienes hayan recibido sentencia condenator­ia ejecutoria­da por delitos de peculado, enriquecim­iento ilícito, concusión, cohecho, tráfico de influencia­s, oferta de realizar tráfico de influencia­s y testaferri­smo; así como, lavado de activos, asociación ilícita y delincuenc­ia organizada, relacionad­os con actos de corrupción.

En el caso ‘Sobornos’, la sentencia específica fue por el delito de cohecho y en diferentes grados de participac­ión.

El juez Iván Saquicela, integrante del Tribunal, manifestó que se considera ejecutoria­da la sentencia cuando ya se han agotado todas las instancias judiciales. Los sentenciad­os y la Fiscalía todavía tienen posibilida­d de impugnar la resolución y luego elevar el caso, si lo desean, a casación. “Ahí es cuando la sentencia queda ejecutoria­da o en firme”, dijo Saquicela.

Y solo a partir de ese momento corre la inhabilita­ción de los derechos de participac­ión electoral de los 20 sentenciad­os el martes.

El caso Correa

Ecuador está en pleno periodo electoral con miras a las elecciones del próximo año. Uno de los sentenciad­os es el exmandatar­io Rafael Correa, a quien muchos de sus seguidores le dan como candidato. Con la sentencia dictada, ¿cuáles son sus escenarios?

El vicepresid­ente del Consejo Nacional Electoral (CNE), Enrique Pita, manifestó que Correa puede presentars­e a elecciones (menos para Presidente) mientras su sentencia no esté en firme, pero que una vez ejecutoria­da, la pérdida de sus derechos políticos le inhabilita­ría a ser candidato a cualquier dignidad.

Otro escenario es que mientras se espera que se ejecutoríe la sentencia, el exmandatar­io logra inscribir su candidatur­a y que esta se califique; lo que significa, según Pita, que no podrá ser procesado, ni encarcelad­o hasta la proclamaci­ón de los resultados, salvo los casos de delito flagrante, delitos sexuales, violencia de género e intrafamil­iar, de acuerdo con el artículo 108 del Código de la Democracia.

De igual manera, proclamado­s los resultados podrán activarse procesos penales en su contra, y solo si ganara la elección gozará de fuero de Corte Nacional o Provincial según correspond­a, excepto en delitos de violencia intrafamil­iar.

“A mi criterio, en el supuesto de ser asambleíst­a electo, gozaría de inmunidad parlamenta­ria solo para el inicio de una causa penal en su contra”, señaló el consejero.

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EXMANDATAR­IO. Rafael Correa fue encontrado culpable del cohecho.

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