Un Código con dos artículos 95
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Por un error del Ejecutivo, con la reforma que se apruebe en el Código de la Democracia constarán dos artículos 95 en ese cuerpo legal. Así lo alertaron los asambleístas que aprobaron el informe sobre el veto parcial.
Esta particular situación se da porque la Asamblea aprobó que se sustituya el numeral 2 del mencionado artículo, referente a los requisitos para ser candidatos. El Ejecutivo lo objetó, pero al momento de redactar los cambios en vez de entrar directo al texto que solicita cambiar, cita el artículo y, a continuación, pone el texto alternativo, con lo que queda como un artículo independiente.
La Presidencia de la República remitió un oficio a la Comisión, solicitando que sea esa instancia la que realice los cambios necesarios, es decir, que omita la frase “artículo 95” y continuar con el texto alternativo.
La Comisión se allanó al texto alternativo y dejó como lo envió, por lo que habrá artículo 95 numeral 1 y artículo 95. Héctor Muñoz (SUMA) dijo que el Ejecutivo debe asumir sus errores, ya que cambiar por un simple oficio sería dar paso a que siga dándose este tipo de situaciones en otros posibles vetos. “Con ese precedente se puede pretender arreglar cosas a última hora”, dijo. Esteban Torres (PSC), de su lado, añadió: “La Asamblea no es corrector de errores para hacerle el favor al Ejecutivo”.