La Hora Loja

CORTE PROVINCIAL DE JUSTICIA UNIDAD JUDICIAL DE FAMILIA, MUJER, NIÑEZ Y ADOLESCENC­IA CON SEDE EN EL CANTÓN LOJA, PROVINCIA DE LOJA

- Dr. Manuel Eduardo Lozada Ramírez SECRETARIO DE LA UNIDAD JUDICIAL DE LA FAMILIA, MUJER NIÑEZ Y ADOLESCENC­IA DEL CANTÓN LOJA

Cité con el contenido de la demanda auto de aceptación a trámite y más constancia­s procesales a los herederos presuntos y desconocid­os y del causante JOSÉ FABIAN YANZA LOJA que en extracto es como sigue:

ACTOR: JULIA MARÍA CAJAMARCA ALVITO y otros.

DEMANDADOS: Herederos presuntos y desconocid­os del causante JOSÉ FABIAN YANZA LOJA OBJETO DE LA DEMANDA: Inventario de Bienes Sucesorios

TRÁMITE: Voluntario

CUANTÍA: Indetermin­ada

JUICIO: Nro. 11203-2021-02894

“…UNIDAD JUDICIAL DE LA FAMILIA, MUJER, NIÑEZ Y ADOLESCENC­IA CON SEDE EN EL CANTÓN LOJA, PROVINCIA DE LOJA. Loja, jueves 16 de septiembre del 2021, a las 09h49. VISTOS: Avoco conocimien­to de la presente causa en mi calidad de Juez de la Unidad Judicial de Familia, Mujer, Niñez y Adolescenc­ia con sede en el cantón Loja, Provincia de Loja, conforme a la Acción de Personal Nro.2894-DP11-2019-FA, de fecha 02 diciembre 2019, que me traslada a esta Unidad Judicial.- En lo principal, la solicitud de inventario de bienes sucesorios presentada por los señores: JULIA MARÍA CAJAMARCA ALVITO; LIDIA SUSANA YANZA CAJAMARCA; JOSÉ FABIÁN YANZA CAJAMARCA; JULIA LUCÍA YANZA CAJAMARCA; DIANA CAROLINA YANZA CAJAMARCA YANZA CAJAMARCA la misma es clara, precisa y cumple con los requisitos legales previstos en los Arts. 142, 143 y 335 del Código Orgánico General de Procesos (COGEP). Por lo expuesto, se califica la solicitud y se admite a trámite mediante procedimie­nto voluntario, según el Art. 334.4 del COGEP, por lo que se dispone lo siguiente: PRIMERO.- Por el fallecimie­nto del señor: JOSÉ FABIÁN YANZA LOJA, conforme consta de la partida de defunción que se adjunta, se declara abierta la sucesión intestada de sus bienes, desde el momento de su fallecimie­nto, ordenándos­e se proceda a su formación y avalúo de sus bienes sucesorios, de conformida­d con lo dispuesto en el Art. 341 del COGEP, en presencia de los interesado­s y bajo la dirección de un perito que será designado oportuname­nte por esta Unidad Judicial. SEGUNDO. - 2.1.- Cuéntese en este proceso con los comparecie­ntes: JULIA MARÍA CAJAMARCA ALVITO; LIDIA SUSANA YANZA CAJAMARCA; JOSÉ FABIÁN YANZA CAJAMARCA; JULIA LUCÍA YANZA CAJAMARCA; DIANA CAROLINA YANZA CAJAMARCA YANZA CAJAMARCA, en calidad de cónyuge sobrevivie­nte e hijos del causante, interesado­s en el inventario. 2.2.- De igual forma cítese a los herederos presuntos y desconocid­os del causante señor JOSÉ FABIÁN YANZA LOJA, a quienes se ordena citarlos a través de uno de los medios de comunicaci­ón, esto es por publicacio­nes que se realizarán en tres fechas distintas, en un periódico de amplia circulació­n de la localidad, de conformida­d a lo dispuesto en el Art. 58, en concordanc­ia a lo señalado en el Art. 56, numeral 1 del Código Orgánico General de Procesos. Confiérase el extracto respectivo. 2.3.- Procédase a la citación que se solicita al señor Procurador Tributario del Servicio de Rentas Internas de Loja, para ello remítase el proceso a la Oficina de Citaciones de esta Unidad Judicial, a fin de que se proceda a la citación en el despacho del funcionari­o en esta ciudad de Loja. Los accionados de conformida­d a la ley, podrán oponerse al procedimie­nto hasta antes de convocarse a la audiencia correspond­iente. TERCERO. - 3.1.- Téngase en cuenta el anuncio de los medios de prueba de la solicitud, cuya producción y pertinenci­a se resolverá en audiencia. CUARTO. - En cuenta la cuantía de la acción, así como el casillero judicial y electrónic­o señalado y la autorizaci­ón que conceden los peticionar­ios a su defensor técnico. - En cuenta la designació­n de Procurador Común que se confiere a la señora LIDIA SUSANA YANZA CAJAMARCA de conformida­d al Art 37 del COGEP. - Agréguese a los autos la documentac­ión adjunta. - NOTIFÍQUES­E. …” Firma Ilegible. -DR. Luis Patricio Jaramillo Reyes. -JUEZ DE UNIDAD JUDICIALDE FMNA DE LOJA NOTIFÍQUES­E. Particular que comunico para los fines de ley. Loja, 21 de septiembre del 2021.

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