¿Visita inoportuna?
La influencia social de la política produce diversas impresiones, debido a su rápida captación en cada individuo; la presencia o falta de una cualidad, alteran la percepción global, las expectativas, motivaciones, metas. La sociedad se ve afectada por el valor que mucha gente atribuye a los estímulos. Estos pueden ser preocupantes, amenazadores o beneficiosos, según quien lo transmita; pueden ser de prejuicio, alejadas de la realidad, de proyección o estereotipadas, en función de una persona o de la identidad del grupo al que promociona. Algunas personas poseen trastornos que contaminan la forma de percibir el medio social, ocasionando severas dificultades en la interacción social, en razón de la capacidad de responder a las emociones que su propia actividad o representación lo exigen. Ciertos comportamientos obsesivos, repetitivos, con los que actúan determinados personajes públicos, deben ser observados, así como cuando, con argumentos cursis, buscan explicar lo inexplicable, utilizando una verborrea y conducta antiética que se aparta de la normalidad. Tentativa de fraude procesal, es visitar a una testigo protegida dentro de un reclusorio, violando todas las normas de conducta, legales y reglamentarias, para pretender hacer cambiar el estado de las cosas. También del hecho alegar en público que fue un “acto humanitario”. Se trataría de un delito, tipificado en el Art. 272 inciso primero, en concordancia con el Art. 39 inciso primero del Código Orgánico Integral Penal. No se puede defender con ningún tipo de argucias, porque la sospechosa demuestra una clara imposibilidad de dar significado válido a sus propias palabras y emociones, que deben ser dominadas, a fin de actuar con un mínimo de respeto dentro de la colectividad.