EVOLUCIÓN DEL DERECHO ADMINISTRATIVO EN EL ECUADOR
dido como un: “conjunto de normas que regula las relaciones del Estado con los particulares, puede decirse que ha existido siempre, desde el nacimiento del Estado. Pero ello no ha sido suficiente ab origene para la creación de una disciplina. Esta época es la de las monarquías absolutas, dando origen a principios jurídicos idénticos en distintos países y momentos históricos:
En esos momentos el derecho administrativo se agota en un único precepto: Un derecho ilimitado para administrar; no se reconocen derechos del individuo frente al soberano; el particular es un objeto del poder estatal, no un sujeto que se relaciona con él.”
Es por ello entonces que el Derecho Administrativo, podría decirse fue el resultado de la convergencia de varias circunstancias, entre las que debemos destacar la revolución inglesa de 1688, la francesa de 1789, la emancipación americana de 1776 y las teorías políticas enunciadas por Montesquieu y Rousseau con su teoría de ley como expresión de la voluntad general.
Lo cual denota que el contexto histórico después de la Revolución francesa de 1789, en el que nació el derecho administrativo fue un recurso para tener una nueva forma de administración, una vez que la monarquía había sido superada en el nuevo escenario sin rey, sin súbditos, naciendo el Estado, en el cual se reconoce a los ciudadanos y a los administrados.
Tomando en consideración estos aspectos se puede deducir que dentro de las diferentes ramas del derecho, se desprende la noción general del derecho administrativo contextualizado como aquella rama del Derecho interno que tiene como objeto la regulación de
la Administración pública.
Importancia del Derecho Administrativo
A tal punto que el derecho administrativo es trascendental dentro de toda sociedad, sin embargo podría decirse como se ha comentado que este cobro más fuerza con la revolución francesa de 1789, donde empezó a divulgarse el concepto de que significaba que las reglas de gobierno y el respeto a los derechos de las personas, eran de obligatorio cumplimiento tanto para gobernados como gobernantes, así como también la contextualización de la separación de los regímenes jurídicos y normas que habían de aplicarse a las autoridades, de las que eran aplicables a los ciudadanos.
Dando sin lugar a dudas un entendimiento claro de la forma-