La Hora Quito

Apenas 7 de 21 jueces aprueban

Pasó lo mismo con conjueces: 5 de 15 tuvieron el puntaje mínimo. Aún queda un recurso.

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Otra espera que termina. El Consejo de la Judicatura hizo públicas la noche de ayer las calificaci­ones obtenidas por los jueces de la Corte Nacional de Justicia en la evaluación a su trabajo. ¿El resultado? Apenas la tercera parte aprobó: 7 de 21 jueces.

Y la historia fue la misma con los conjueces nacionales: 5 de 15 lograron el puntaje mínimo, que era de 80 puntos sobre 100.

Pero no son resultados definitivo­s. Los evaluados tienen tres días para pedir recalifica­ción. Luego de ese análisis, los que no aprobaron deberán irse.

Luego de haber recibido las notificaci­ones de parte del Consejo de la Judicatura (CJ), siete jueces nacionales habrían aprobado la evaluación que impulsó ese organismo, superando los 80 puntos base que se necesitaba­n para permanecer en funciones. Por su parte, 14 pueden pedir revisión.

Entre los mejor puntuados figuran Paulina Aguirre, presidenta de la Corte Nacional de Justicia (CNJ), Katerine Muñoz, Consuelo Heredia, Daniella Camacho, Álvaro Ojeda, Marco Rodríguez e Iván Saquicela. Este último, oficializó su permanenci­a en el máximo organismo de justicia ordinaria por medio de su cuenta de Twitter.

“He aprobado la evaluación que hizo el Consejo de la Judicatura a Jueces y Conjueces de la Corte Nacional de Justicia. Ratifico mi compromiso con el país, con los derechos y los sedientos de justicia. Gracias por tanto apoyo y muestras de afecto”, escribió Saquicela.

Además, cinco conjueces se sumarían a esa lista. Se trata de Patricio Secaira, David Jacho, Roberto Guzmán, Alejandro Arteaga e Iván Larco.

Juan José Morillo, vocal del CJ que llevó a cabo el proceso de evaluación, explicó que quienes no alcanzaron el puntaje necesario podrán acogerse a una etapa de revisión.

Según el artículo 8 del Reglamento que rige este proceso, los evaluados podrán solicitar la reconsider­ación de sus calificaci­ones, dentro del término de tres

días desde la notificaci­ón; mientras el Pleno de la Judicatura tiene un término de cinco días para resolver.

Asimismo, el artículo 9 señala que una vez finalizado el periodo de reconsider­ación, el Pleno del CJ emitirá la resolución que contenga los resultados definitivo­s y declarará concluido el proceso de evaluación; tras esto: no cabe recurso alguno. (FLC)

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ARCHIVO. Uno de los actos oficiales de la Corte Nacional.
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JUDICATURA. Fue la encargada de llevar el proceso, a través de un comité evaluador.

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