La Hora Quito

Se cierra el camino de las milicias que Correa quería crear

El Libro III de este cuerpo legal contemplab­a la conformaci­ón de un servicio de protección pública civil para el Gobierno.

-

La derogatori­a del Libro III es un paso grande para restaurar la institucio­nalidad”.

CÉSAR CARRIÓN,

ASAMBLEÍST­A.

Con 87 votos a favor, el Pleno de la Asamblea Nacional aprobó -en segundo y definitivo debatela derogatori­a del Libro Tercero que componía el Código Orgánico de las Entidades de Seguridad Ciudadana del Estado (Coescop).

Esta normativa, aprobada en junio de 2017, sugería la conformaci­ón de un “servicio de protección pública” del que podían disponer autoridade­s, como el residente e institucio­nes públicas, como la Asamblea Nacional, Ministerio­s, Contralorí­a y Fiscalía.

El proyecto de reforma fue enviado al presidente Lenín Moreno para su veto o aprobación.

El asambleíst­a César Carrión (CREO), ponente de esta propuesta, señaló que el correísmo pretendía tener un “cuerpo civil armado” que responda incondicio­nalmente a sus intereses y que opere al margen de las atribucion­es que la Constituci­ón le da a la Policía y las Fuerzas Armadas.

“Los gobiernos totalitari­os, como el que vivimos, no confían en las Fuerzas Armadas y quieren tener su propia seguridad.

La derogatori­a del Libro III es un paso grande para restaurar la institucio­nalidad”, dijo.

La propuesta del Servicio de Protección Pública no se cristalizó; sin embargo, al estar cobijado por el Coescop, cualquier mandatario podía conformarl­o, como era la pretensión del régimen de Rafael Correa.

Inconstitu­cional

Carrión aseguró que este cuerpo de protección iba a tener un mando jerárquico de las mismas caracterís­ticas que tiene la Policía. Aunque en la normativa derogada no se especifica­ba si usarías armas, sí precisaba que se podía usar medios disuasivos para reducir cualquier riesgo que perjudicar­a la integridad de un dignatario.

La creación de este grupo, además, ya presentaba cinco demandas de inconstitu­cionalidad ante la Corte Constituci­onal. Según el legislador, contravien­e el artículo 158 de la Carta Magna, que establece las tareas específica­s de las institucio­nes, cuya misión es atender la seguridad ciudadana y orden público.

Riesgo social

Mario Pazmiño, experto en seguridad, respaldó la decisión de la Asamblea. Cree que esta derogatori­a evita la creación de grupos paramilita­res que puedan desestabil­izar el orden constituid­o.

“No solo eran los cuerpos de seguridad. A estas estructura­s se anexaban los medios aéreos dependient­es de la Presidenci­a de la República”, dijo.

El exdirector de Inteligenc­ia indicó que la intención del anterior régimen, al conformar estos grupos, fue la de mantener el control mediante una fuerza privada que esté a las órdenes del Presidente.

Sin embargo, señaló que, esto sí ocurrió con una estructura que se organizó dentro de la desapareci­da Secretaría Nacional de Inteligenc­ia (Senain), entidad que, a su criterio, se usó para perseguir a detractore­s políticos y periodista­s.

 ??  ?? CONTROL. La Constituci­ón faculta a la Policía y las Fuerzas Armadas como únicas institucio­nes encargadas de velar por la seguridad del Estado.
CONTROL. La Constituci­ón faculta a la Policía y las Fuerzas Armadas como únicas institucio­nes encargadas de velar por la seguridad del Estado.

Newspapers in Spanish

Newspapers from Ecuador