La Hora Quito

Sanciones por violencia y abandono

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° Según el Código Orgánico Integral Penal (COIP), en su artículo 153, existe una sanción de uno a tres años de cárcel a la persona que abandone y ponga en peligro real la integridad física de un adulto mayor, mujeres embarazas, personas con discapacid­ad, niños, niñas y adolescent­es.

La Ley Orgánica de Las Personas Adultas Mayores, que entró en vigencia el 9 de mayo de 2019, establece obligacion­es al Estado y la ciudadanía sobre la protección y garantía de los derechos de los ancianos, por ejemplo, la igualdad y no discrimina­ción, la protección integral, la defensoría pública y el acceso a la justicia. Esto ha servicio de beneficio en forma legal desde aquel entonces.

Sin embargo, no presenta sanciones, en el COIP, los estatutos están generaliza­dos para toda la población considerad­a vulnerable.

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