Sanciones por violencia y abandono
° Según el Código Orgánico Integral Penal (COIP), en su artículo 153, existe una sanción de uno a tres años de cárcel a la persona que abandone y ponga en peligro real la integridad física de un adulto mayor, mujeres embarazas, personas con discapacidad, niños, niñas y adolescentes.
La Ley Orgánica de Las Personas Adultas Mayores, que entró en vigencia el 9 de mayo de 2019, establece obligaciones al Estado y la ciudadanía sobre la protección y garantía de los derechos de los ancianos, por ejemplo, la igualdad y no discriminación, la protección integral, la defensoría pública y el acceso a la justicia. Esto ha servicio de beneficio en forma legal desde aquel entonces.
Sin embargo, no presenta sanciones, en el COIP, los estatutos están generalizados para toda la población considerada vulnerable.