AMT dice que sí notifica citaciones detectadas por medios tecnológicos
Hasta el 19 de junio, 8 radares funcionaban en Quito. Las autoridades empezaron a trabajar la semana pasada en la colocación de los 10 restantes, que fueron dañados durante las manifestaciones de octubre de 2019. Estos sirven para controlar los límites de velocidad y, por ende, disminuir los accidentes de tránsito.
A través de los radares, se detectaron 12.808 infracciones, del 15 de abril al 17 de junio, según comentó en una entrevista pasada Mauricio Montúfar, coordinador de Registro de infracciones de la Agencia Metropolitana de Tránsito (AMT).
Durante esa nota, publicada el 19 de este mes, este medio citó que es obligación de las autoridades competentes emitir una notificación física que permita a los conductores presentar su impugnación; sin embargo, la AMT a través de una carta aclaró que: “ha dado estricto cumplimiento a la sentencia de la Corte Constitucional del Ecuador, procediendo a la notificación de la citación de las infracciones de tránsito detectada por medios tecnológicos”.
Mientras que Trafficnor, empresa de seguridad vial, también envió una carta y afirmó que: “mantenemos que, la sentencia de la Corte Constitucional en su numeral 52, observa como medio insuficiente a la sola difusión en un portal web, lo que no guarda relación con el uso de medios electrónicos para la emisión de notificaciones (correos electrónicos y demás información registrada”.
Ambas entidades, en cartas enviadas a La Hora, aclaran que las notificaciones que realizan luego de que los fotorradares capitalinos detecten un exceso de velocidad, son suficientes para cumplir con el requisito legal, luego del cual, el usuario tiene tres días hábiles para presentar una impugnación. La misma solo se acepta si es que se presenta dentro de ese plazo y, además, mediante el escrito de un abogado o defensor público.