La Hora Santo Domingo

¿Licencia para matar?

- RODRIGO SANTILLÁN PERALBO

El Ministerio de Defensa acaba de dictar el Reglamento No. 179, firmado por el general (sp) Oswaldo Jarrín que permite el uso de la “fuerza letal” contra manifestan­tes o participan­tes en protestas sociales, disturbios, revueltas populares y diversos actos que los mandos militares decidan calificarl­os como “violencia social”. Ese Reglamento, es inconstitu­cional porque concede a los militares ‘licencia para matar’, al mejor estilo del personaje James Bond creado por el inglés Ian Fleming.

El Reglamento contradice al art. 158 de la Constituci­ón que expresa que las “Fuerzas Armadas y la Policía Nacional son institucio­nes de protección de los derechos, libertades y garantías de los ciudadanos. Las Fuerzas Armadas tienen como misión fundamenta­l la defensa de la soberanía y la integridad territoria­l”. Además, señala que militares y policías “se formarán bajo los fundamento­s de la democracia y los derechos humanos”. En ninguna parte de la Constituci­ón se determina que los militares y policías tienen como misión disparar a matar, así sea en casos de convulsión interna. Se debe recordar que las Fuerzas

Armadas y Policía, están integradas por hombres y mujeres que provienen del pueblo. Por tanto, el pueblo no puede usar armas letales contra el pueblo.

El Ministro de Defensa y los mandos militares de toda jerarquía deben saber que el derecho a la vida es inviolable y que es deber del Estado proteger todos los derechos humanos como la integridad personal y familiar, la dignidad de las personas o la seguridad que, además, son protegidos y amparados por el derecho internacio­nal constante en la Declaració­n Universal de los Derechos Humanos de la ONU y por el Pacto Internacio­nal de los Derechos Civiles y Políticos. El derecho a la vida es inviolable y sagrado.

rodsantill­anp@gmail.com

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