Un exadministrador de justicia advierte que en investigaciones por delitos graves hay una posibilidad de fuga del procesado.
La aplicación de la prisión preventiva busca garantizar la comparecencia de un procesado a la etapa de juicio. Como titular de la acción penal, la Fiscalía es la encargada de evaluar la pertinencia de solicitarla ante el Juez que tramita la causa, quien al final de una audiencia de formulación de cargos resuelve, si acepta o no dicho pedido.
Los fallos emitidos en estos últimos días por los magistrados pusieron sobre la mesa el debate de si es o no necesario una medida cautelar privativa de la libertad, más cuando se investigan delitos que atentan contra la administración del Estado por actos de corrupción. ta por contratos que supuestamente fueron suscritos con sobreprecios.
“…Querían las cabezas, ahí están las cabezas, pero no para que estén menos de 24 horas privados de la libertad sino para que respondan delante de la justicia”, expresó Salazar el pasado viernes.
Para Roberto Gómez, exjuez de la desaparecida Corte Suprema de Justicia, el reclamo y la preocupación de Salazar tiene fundamento, pues con la liberación de los sospechosos no se está precautelando la integridad de las evidencias y tampoco garantiza que la acción delictiva deje de cometerse.
A su criterio, en el caso de Morales, la administración de justicia tuvo que, al menos, emitir un arresto domiciliario para evitar que el funcionario retorne a su despacho.
“En estos casos de corrupción en entidades públicas que tienen que ver con el manejo de dinero no es conveniente para los intereses del proceso darle estas medidas para que se presente uno o dos días a la semana. Deben tener prisión preventiva”, dijo Gómez.
El ‘grillete’ aplicado a Morales le permite regresar a su despacho, sin garantías de que se sigan cometiendo irregularidades
Sin embargo, el penalista Pablo Encalada, explicó que la prisión preventiva no representa un anticipo de la pena ni tampoco un índice de culpabilidad.
Agregó que, de acuerdo a la doctrina, ese recurso se lo debería utilizar solo en casos excepcionales, principalmente cuando se demuestre que existe un peligro de fuga.
“La prisión preventiva tiene una finalidad procesal que busca que un procesado comparezca al juicio”, indicó.
El uso del grillete electrónico es una de las medidas alternativas a las que los jueces acuden para no encarcelar a una persona; sin embargo, este mecanismo ya dio de qué hablar cuando Fernando Alvarado, exsecretario de Comunicación del correísmo, no tuvo problema en sacarse el dispositivo y fugó mientras era procesado por peculado hace más de un año. Hasta ahora, su paradero es incierto. Procesado por peculado, el juicio sí podría darse sin su presencia, aunque hasta hoy no se define la fecha de llamamiento a juicio.
Para Encalada, este dispositivo funciona y un caso no puede deslegitimar el recurso de este mecanismo para evitar posibles fugas.
“Por qué tendría que la fuga de Alvarado significar la afectación de los derechos de otras personas”, cuestionó.