Moreno entrega 66 indultos conmutativos a presos
El presidente de Ecuador, Lenín Moreno, otorgó 66 indultos conmutativos (cambios de pena) a favor presos que pertenecen a los grupos de atención prioritaria y con doble vulnerabilidad.
La decisión se aplicó exceptuando a personas con condenadas por "delitos contra la integridad sexual y reproductiva, contra la eficiencia de la administración pública, en contra de la inviolabilidad de la vida, delitos violentos o infracciones dolosas de mayor gravedad". Así lo puntualizó en un comunicado el Servicio Nacional de Atención Integral a personas adultas privadas de la libertad y a adolescentes infractores (SNAI).
A los indultos acceden presos con sentencias ejecutoriadas, como adultos mayores o mujeres que habitan con menores de edades inferiores a tres años en los centros de rehabilitación social. Además, personas con discapacidad y aquellas con enfermedades catastróficas y crónicas que pudieran producir graves secuelas en su salud ante un eventual contagio de Covid-19.
El SNAI será el encargado de dictar las normas de seguridad, modalidad, actividades, cronograma y demás regulaciones enfocadas en el servicio comunitario y otros aspectos necesarios para la implementación del mencionado beneficio, cuyos detalles no se han especificado.
Como parte del proceso, el SNAI informó de que realizó un minucioso análisis de los expedientes mediante los equipos técnicos de los centros de privación de libertad, así como de Planta Central.
El objetivo es que se cumplan todos los requisitos legales establecidos y, de esa manera, emitir los informes motivados pertinentes a la Presidencia.
"Es importante recalcar que quienes accedieron a los indultos no constituyeron un riesgo para la seguridad de la ciudadanía".
Apunta que estas acciones se ejecutan en apego irrestricto a la Constitución de Ecuador, especialmente, al Código Orgánico Integral Penal.
La muerte de una persona que se encuentre en un lío judicial, es una de las cinco causales establecidas en el artículo 416 del Código Orgánico Integral Penal (COIP) para que el ejercicio de la acción penal que se sigue en su contra se extinga.
Sin embargo, si el proceso legal en el que se involucraba al difunto inmiscuye a otras personas, la Fiscalía continuará con las diligencias investigas dentro de la etapa de instrucción, que se abre para recabar los indicios.
Bolívar Burbano, fiscal de Pichincha, explicó que las responsabilidades penales que se establecen durante un proceso legal son personales. Es decir, las consecuencias jurídicas de actos presuntamente dolosos no pueden trasladarse a los familiares ni allegados de quienes fallecen en medio de una investigación.
El funcionario aclaró que, en la etapa intermedia del proceso, la Fiscalía formula su acusación individualizando el grado de participación de los procesados, sean ellos coautores, autores materiales, autores directos o mediatos, o cómplices.
Paúl Ocaña, abogado especializado en materia penal, explicó, además, que a más de la extinción del ejercicio de la acción penal, cuya titular es la Fiscalía, la persona procesada que fallezca durante un proceso lo hace ratificando su estado de inocencia.
Al no existir una sentencia debidamente ejecutoriada, ningún juez pudo determinar algún grado de culpabilidad y participación en un determinado delito.
Según Ocaña, en el caso del exprefecto del Guayas, Carlos Luis Morales, quien falleció en medio de un proceso que la Fiscalía seguía en su contra por tráfico de influencias, la etapa de instrucción continúa abierta para su actual esposa y los hijos de ella, también señalados dentro de esta causa relacionada a una supuesta red de corrupción, que habría participado en la adquisición de insumos médicos para enfrentar los estragos del Covid-19. El deceso de Morales se confirmó la mañana del lunes, 22 de junio, a causa de un infarto.
En la parte intermedia del proceso, cuando la Fiscalía formula su acusación, el fiscal individualiza el grado de participación de cada uno de los procesados. Sea por coautor, autor material, autor directo, autor mediato. Individualiza la acusación, señalando el grado de participación que tiene cada persona en el hecho delictivo.