La entidad recomendó reformar la normativa para incluir a nuevas plataformas.
La Superintendencia de Competencia (SC) recomendó ayer aprobar una reforma a la Ley de Transporte Terrestre, Tránsito y Seguridad Vial, en la parte correspondiente al transporte terrestre para incluir a los servicios de transporte selectivo de pasajeros mediante el uso de plataformas digitales, que recientemente se han comenzado a utilizar en el país.
En este año comenzaron a operar en el país plataformas como Uber y Vamos, que funcionan como transporte selectivo de pasajeros, es decir, servicio para no más de cinco personas.
Sin embargo, la Ley de Transporte solo incluye dos modalidades para prestar servicios: una es el transporte colectivo como los buses; y la otra es el transporte selectivo como los taxis. El detalle es que las plataformas como Uber y Vamos no entran en ninguna de esas dos categorías.
“Nuestro análisis concluyó que los servicios requeridos mediante plataformas digitales no constituyen una modalidad de transporte entre particulares, sino que pertenecen al ámbito de transporte selectivo de personas… se recomienda promover la reforma del régimen jurídico aplicable a esta actividad, regulando que autoricen la operación de nuevos modelos”, según un comunicado de la SC.