IAIP ordena a la CSJ publicar informes de Sección de Probidad
Corte Suprema de Justicia tiene 10 días hábiles para entregar informes resueltos de Sección de Probidad.
La Corte Suprema de Justicia (CSJ) está obligada a dar a conocer en los próximos 10 días hábiles los informes que la Sección de Probidad resolvió contra exfuncionarios durante 2018. Eso ordenó el Instituto de Acceso a la Información Pública (IAIP).
La resolución del IAIP es producto de una demanda de dos ciudadanos a quienes la Corte negó el año pasado entregarle los estudios de patrimonio de los exfuncionarios que fueron resueltos en Corte Plena.
La resolución del IAIP, en poder de LA PRENSA GRÁFICA, sostiene que esa reserva afectaba el derecho que tiene la población para conocer información de carácter público, y por ello la Corte tiene que entregarla.
El instituto aclaró que los informes que la Corte está obligada a entregar son todos los que ya fueron resueltos: exfuncionarios enviados a juicio civil o exonerados de indicios de enriquecimiento ilícito.
La CSJ sostenía que los informes no podían ser divulgados porque estaban amparados en la reserva que establece el literal E del artículo 19 de la Ley de Acceso a la Información Pública (LAIP) para los procesos deliberativos que hacen los funcionarios.
Según el argumento de la Corte Plena dado a conocer el 20 de junio de 2017, los informes no podían ser revelados porque contenían “opiniones o recomendaciones” que formaban parte de la deliberación que hicieron los magistrados. La Corte Plena había establecido que la reserva duraría siete años.
Los magistrados de la CSJ también se amparaban en el artículo 240 de la Constitución de la República, que sostiene que las declaraciones de patrimonio de los exfuncionarios deben mantenerse en secreto. La CSJ decía que no podía revelar datos porque contienen información “bancaria, financiera, contable y patrimonial” de los exfuncionarios.
“Una vez tomada la decisión, la reserva se desvanece”, se lee en la resolución de los comisionados del IAIP con fecha del 24 de julio pasado.
Sin embargo, la resolución de los comisionados también sostiene que la CSJ no debe entregar las memorias de las sesiones en que tomó la decisión sobre los informes de enriquecimiento ilícito, como lo pidieron los dos demandantes.
“La reserva de información para el caso va en contra del Derecho de Acceso a la Información Pública”. RESOLUCIÓN, INSTITUTO DE ACCESO A LA INFORMACIÓN PÚBLICA