Escucharán más opiniones por delito de desaparición
Los diputados acordaron llamar al Fiscal General, Procuradora General y jueces, para la próxima semana.
El Fiscal General de la República, Raúl Melara, la Procuradora de Derechos Humanos, Miriam Aldana, así como jueces de Sentencia y de Instrucción, comparecerán la próxima semana en la comisión de Legislación de la Asamblea Legislativa, para dar opinión sobre el estudio de varias reformas al Código Penal y Procesal Penal relacionadas con crear delitos de desaparición forzada.
Ayer, los legisladores debatieron la incorporación del delito de desaparición de personas al artículo 148-A del Código Penal, pero expresaron que existe confusión con el delito de privación de libertad y la diferencia de penas respecto al homicidio agravado.
Dijeron que es necesario que los invitados delimiten ambos delitos, para luego hacer una reforma que dé resultados para combatir la desaparición forzada.
La propuesta del artículo reza: “El que de cualquier forma privare a otro de su libertad y cuando esta acción fuera seguida del ocultamiento, del paradero o localización de la víctima, en tanto su suerte y paradero no se haya determinado, serán sancionados con penas de 20 a 30 años de prisión”.
El diputado de ARENA, René Portillo Cuadra, observó la redacción de ese artículo.
“La redacción dice 'o localización de la víctima en tanto su suerte'. Yo no creo que al redactar un artículo hablemos de suerte, si esta vaina no es lotería. Yo creo que hasta en eso nos pueden ayudar los jueces para poder redactar mejor el tipo penal”, sostuvo.
Además, dijo que la propuesta contempla una pena menor al homicidio agravado. “Es más fácil entonces ocultar bien el cadáver y asegurarse que no lo encuentren, que te van a poner una pena de 20 a 30 años y no el homicidio agravado que es de 30 a 50”, indicó.
“Yo sugiero que escuchemos a los jueces, que escuchemos al señor Fiscal General de la República y rompamos paradigmas para que sea una discusión sana”, agregó Portillo Cuadra.
Las propuestas de reformas fueron presentadas en julio por el Fiscal General debido al aumento de denuncias por desaparición de personas en el país. Luego, varios diputados y Pro-búsqueda agregan otras propuestas.
Actualmente, el delito de desaparición forzada de personas solamente se puede aplicar cuando el responsable es un funcionario o empleado público, agente de autoridad o autoridad pública. Esto está contemplado en el artículo 364 del Código Penal y se castiga con una pena de entre cuatro a ocho años de cárcel, más la inhabilitación absoluta del cargo o empleo respectivo.
El pasado 9 de septiembre el Fiscal informó que de enero al 28 de agosto contabilizaban 20,977 casos de desaparición, que estaban siendo investigados.