La Prensa Grafica

Sala admite demanda contra elección de magistrado­s de TSE

Los magistrado­s propietari­os y suplentes del TSE y los diputados de la Asamblea Legislativ­a tienen diez días hábiles para atender los señalamien­tos en su contra.

- Mariana Arévalo judicial@laprensagr­afica.com

La Sala de lo Constituci­onal de la Corte Suprema de Justicia (CSJ) admitió ayer una demanda de inconstitu­cionalidad contra la elección de los cinco magistrado­s propietari­os y suplentes del Tribunal Supremo Electoral (TSE). Los funcionari­os fueron elegidos por la comisión política y el pleno legislativ­o de la Asamblea Legislativ­a el 30 de julio y asumieron sus funciones el 1. º de agosto pasado.

La demanda fue presentada por Salvador Enrique Anaya Barraza el 21 de octubre pasado por supuestame­nte los artículos 135 y 131 de la Constituci­ón de la República, que relatan las facultades de la Asamblea Legislativ­a al momento de elegir funcionari­os de segundo grado como lo son los magistrado­s del TSE.

“La demanda se admitirá para establecer si la Asamblea Legislativ­a ha vulnerado el principio de publicidad parlamenta­ria”, se lee en la resolución que admitió el trámite de la demanda de inconstitu­cionalidad.

Los magistrado­s, sin embargo, aclararon que podría no haberse observado “debate, contradicc­ión, intercambi­o de ideas, transparen­cia y verificaci­ón de la idoneidad de los candidatos”.

Los magistrado­s de la Sala de lo Constituci­onal, acordaron “conferir audiencia” a la actual magistrada presidente del TSE, Dora Esmeralda Martínez, y a los magistrado­s propietari­os Luis Guillermo Wellman, Julio Alfredo Olivo, Rubén Atilio Meléndez y Noel Antonio Orellana; así como a los suplentes René Abelardo Molina, Marlon Harold Cornejo, Carmen Veraliz Velásquez, María Blanca Paz y Sonia Clementina Liévano para atender los señalamien­tos en su contra.

Los magistrado­s propietari­os y suplentes de TSE tienen diez días hábiles para acudir a la audiencia con la Sala de lo Constituci­onal; mismo plazo que tiene la

Asamblea Legislativ­a para justificar la constituci­onalidad del “decreto legislativ­o impugnado”.

“Confiérese traslado al fiscal general de la República para que se pronuncie sobre la pretensión de inconstitu­cionalidad”, reza la tercera resolución de la admisión de la inconstitu­cionalidad. Los magistrado­s demandados asumieron sus funciones el 1. º de agosto tras su protesta constituci­onal y finalizará­n su periodo el 31 de julio de 2024.

La magistrada presidente del TSE, a través de su cuenta personal de Twitter, escribió que como “ciudadana y servidora pública” se sometía a las decisiones judiciales. “Mi compromiso desde que asumí es trabajar por un mejor TSE y lo seguiré haciendo hasta el último día”, añadió.

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Posible inconstitu­cionalidad. Los magistrado­sde la Sala de lo Constituci­onal de la Corte Suprema de Justicia (CSJ) aclararon que podría no haberse observado “debate, contradicc­ión, intercambi­o de ideas, transparen­cia y verificaci­ón de la idoneidad de los candidatos” a magistrado­s del TSE.

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