Cámara confirma freno a entrega de informes Probidad
Instituto de Acceso a la Información Pública suspende proceso sancionatorio contra Corte Suprema por la no revelación de expedientes de Probidad.
La Corte Suprema de Justicia (CSJ) no debe revelar de momento los informes que la Sección de Probidad elaboró sobre el presunto enriquecimiento ilícito de exfuncionarios durante 2018, según una resolución que la Cámara de lo Contencioso Administrativo notificó al Instituto de Acceso a la Información Pública (IAIP) el lunes pasado. La Cámara confirmó la medida cautelar que tomó el 28 de octubre pasado cuando decidió “suspender temporalmente” la orden que el IAIP dio a la Corte en julio de este año. El Instituto resolvió en esa ocasión que Probidad tenía 10 días hábiles para entregar los informes de las investigaciones contra exfuncionarios a dos ciudadanos que los solicitaron vía acceso a la información pública.
El tribunal superior realizó una audiencia de revisión de esa medida cautelar el 1.º de noviembre, pero no revirtió la suspensión momentánea de la publicación de los documentos de Probidad, según explicó la entidad encargada de velar por el acceso a la información pública de los ciudadanos en El Salvador.
La resolución de la Cámara también obligó al Instituto a frenar el proceso sancionatorio que tenía contra la Corte por la no divulgación pública de las investigaciones contra exfuncionarios que exoneró de enriquecimiento ilícito en 2018. El IAIP tuvo que suspender una audiencia oral que tenía programada por este caso.
“Mientras permanezca en vigencia la medida cautelar antes descrita, corresponde dejar sin efecto el señalamiento de la audiencia oral (...), y suspender la tramitación del presente procedimiento administrativo sancionador, hasta que el referido tribunal suspenda los efectos de la medida cautelar aludida”, dijo el IAIP.
La discusión entre la CSJ y el IAIP inició en 2018 cuando los magistrados de la Corte se negaron a dar los informes de Probidad a dos solicitantes. Los magistrados aseguraron que los expedientes cumplían con la reserva que regula el literal E del artículo 19 de la Ley de Acceso a la Información Pública (LAIP) para procesos deliberativos.
Los solicitantes intentaron revertir la decisión de la Corte e interpusieron un recurso en el IAIP, que el 30 de julio pasado les dio la razón y obligó a la CSJ a revelar los resultados de las investigaciones de presunto enriquecimiento ilícito contra exfuncionarios. El IAIP resolvió que la reserva de los documentos afectaba el derecho a conocer información pública.
A pesar de la orden del instituto , en agosto pasado los magistrados de la CSJ reafirmaron su negativa a la revelación de los informes y apelaron al artículo 240 de la Constitución que regula la “reserva” para las investigaciones de la Sección de Probidad.