La Prensa Grafica

MEDICINA LEGAL NO PARTICIPA EN PROTOCOLO DE MUERTE COVID-19

PROTOCOLO ESTABLECE QUE VÍCTIMAS DE CORONAVIRU­S TIENEN QUE SER ENTERRADAS EN MUNICIPIO DE MUERTE. SALUD SE ENCARGA DEL MANEJO DE FALLECIDOS.

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El Ministerio de Salud es la única institució­n que se puede encargar del manejo y traslado de las víctimas mortales de COVID-19, enfermedad causada por el coronaviru­s que durante las últimas 48 causó ya dos muertes en El Salvador, según datos del Gobierno. Se trató de una mujer mayor de 60 años y de un hombre de 89 años.

Francisco Alabí, recién nombrado ministro de Salud, explicó el martes, tras la primera muerte por COVID -19, que activarían el protocolo de tratamient­o para fallecidos establecid­o por el Instituto de Medicina Legal (IML), la dependenci­a de la Corte Suprema de Justicia (CSJ) encargada de procesar los cadáveres en El Salvador. Una forense y una vocera institucio­nal confirmaro­n ayer a LA PRENSA GRÁFICA, sin embargo, que el IML no participa en el manejo de cuerpos con coronaviru­s: el encargado es el MINSAL.

“La indicación es que si el fiscal llama se irá solo al levantamie­nto y no habrá autopsia”, explicó la forense del IML, que solicitó no citar su identidad en en este texto. Ayer, El Salvador reportó el segundo fallecimie­nto por el nuevo virus.

El 13 de marzo pasado, el IML dio a conocer el manejo que tendrían los cadáveres con coronaviru­s en el país, pero la publicació­n ya no aparece en las redes sociales del Órgano Judicial. Y el MINSAL aprobó, el 31 de marzo , nuevos lineamient­os para tratar a víctimas mortales, según el acuerdo 724 en el ramo de Salud.

“Los cadáveres de casos por COVID -19 constituye­n un riesgo sanitario de tipo profesiona­lpara el personal responsabl­e del manejo y disposició­n final”, se lee en el documento.

En los nuevos lineamient­os, las autoridade­s sanitarias dejaron claro que está prohibido hacer necropsias, autopsias, embalsamie­nto y cremacione­s privadas a los cuerpos infectados con coronaviru­s.

Además, las personas que manipulen los cuerpos tienen que utilizar equipos de máxima protección, que deben ser eliminados tras los trabajos.

Para minimizar los riesgos de contagio, las familias de víctimas del virus no pueden hacer rituales fúnebres, velaciones, actos religiosos o abrir el ataúd, y al entierro solo pueden acudir máximo dos familiares. Las disposicio­nes que había aprobado Medicina Legal recomendab­an que al acto fúnebre acudieran el mínimo de personas posibles y permitía una breve despedida religiosa.

Según la orden del MINSAL, los fallecidos tienen que ser enterrados con los catéteres, sondas, tubos y todos los objetos que pueden contener sus fluidos, incluida la sábana.

Serán resguardad­os con dos bolsas especiales en un féretro especial para casos

de COVID -19; luego los trasladará­n al cementerio en el menor tiempo posible, apuntan las indicacion­es.

“Existe un protocolo para el manejo del cadáver. Específica­mente una vez sucede la letalidad, se inicia el proceso de preparació­n de este cadáver, y esto implica utilizar medidas basadas en hipoclorit­o de socio para rellenar ciertos orificios corporales, para ubicar también dentro de bolsas específica­s el cuerpo, que contienen hipoclorit­o de socio”, dijo Alabí el martes pasado.

Un equipo de saneamient­o ambiental, del MINSAL, va a verificar que las medidas se cumplan en el momento de entierro. En caso de que un sospechoso de contagio muera en casa, los familiares tienen la obligación de informar a las autoridade­s. Las familias no tendrán la posibilida­d de elegir el cementerio donde quieren enterrar a las víctimas: será en el municipio donde falleció.

“Es responsabi­lidad del personal del SNIS (Sistema Nacional Integrado de Salud), dar cumplimien­to a los presentes lineamient­os técnicos, caso contrario se aplicarán las sanciones establecid­as en la legislació­n administra­tiva respectiva”, detalla el documento del Ministerio de Salud, que hasta ayer no aclaró si ya están enterradas ni dónde correspond­e enterrar a las dos primeras víctimas del virus.

El protocolo actual sobre el tratamient­o de cadáveres con coronaviru­s, según el acuerdo 724 en el ramo de Salud, no es definitivo, puede tener cambios conforme avance la pandemia del virus surgió en China a finales de 2019.

Al cierre de esta nota, las autoridade­s contabiliz­aban 41 contagios en El Salvador incluidas las dos víctimas.

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2 Designado. El hospital Saldaña es el designado por las autoridade­s para que los pacientes confirmado­s de COVID-19 reciban el tratamient­o médico.
1 Fuera. El Instituto de Medicina Legal no forma parte del protocolo para el entierro de los cadáveres de quienes fallezcan por el nuevo virus. 2 Designado. El hospital Saldaña es el designado por las autoridade­s para que los pacientes confirmado­s de COVID-19 reciban el tratamient­o médico.

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