APRUEBAN QUE DELITOS DE CORRUPCIÓN NO PRESCRIBAN
Oposición considera que la propuesta es inconstitucional.
“Lo que es inconstitucional es la retroactividad porque lo prohíbe el art. 15 y 21 de la Constitución”. René Portillo Cuadra, DIPUTADO DE ARENA
El bloque oficialista de la Asamblea aprobó una reforma al Código Procesal Penal para que algunos delito de corrupción no prescriban.
Es decir, que puedan ser investigados en cualquier momento luego de que hayan ocurrido. La reforma, incluye, además, que esta imprescriptibilidad sea retroactiva. Esto implicaría que los delitos que se cometieron y ya prescribieron puedan ser perseguidos.
“Lo que es inconstitucional es que tenga retroactividad porque lo prohíbe el artículo 15 y 21 de la Constitución”, explicó el diputado René Portillo Cuadra , de ARENA. En esta misma línea, el Centro de Asesoría Legal Anti Corrupción en El Salvador (ALAC) consideró que la reforma es “insuficiente” porque “vulnera el principio de legalidad de la pena” y la prohibición de retroactividad salvo que sea favorable para el imputado”.
Por su parte, Dina Argueta, del FMLN, mencionó que su fracción había solicitado establecer imprescriptibilidad de los delitos de corrupción a nivel Constitucional pero fue archivado.