La Prensa Grafica

“EL ARRESTO DOMICILIAR DE MUYSHONDT NO ADMITÍA REVOCATORI­A”

A pesar que ya existía una resolución en firme que no admitía revocatori­a, magistrado­s impuestos en la Cámara Tercera de lo Penal volvieron a decretar la detención provisiona­l contra el ex alcalde Muyshondt.

- Por Javier Urbina judicial@laprensagr­afica.com

Los magistrado­s impuestos en la Cámara Tercera de lo Penal, Carlos Alberto Iraheta Zelaya y José Manuel Chávez López, decretaron el pasado 1 de octubre su primera resolución y revocaron una decisión que estaba en firme por parte de sus antecesore­s, ordenando que tanto el ex alcalde de San Salvador, Ernesto Muyshondt, y el extesorero de la comuna capitalina, Fernando Heriberto Portillo, permanezca­n detenidos provisiona­lmente en lugar del arresto domiciliar que se les había concedido.

El 19 de julio los ex magistrado­s de la referida Cámara, Martín Rogel y Nora Montoya, revocaron la decisión del juez Tercero de Paz y decretaron el arresto domiciliar­io para los dos imputados. Días más tarde la Fiscalía General de la República (FGR) intentó revocar esa decisión, pero la Cámara declaró inadmisibl­e ese recurso. Los magistrado­s le dieron seguimient­o al proceso y en reiteradas ocasiones le ordenaron a la Dirección General de Centros Penales (DGCP) que Muyshondt y Portillo fueran enviados a arresto en sus casas. La última advertenci­a que dieron fue al juez Octavo de Instrucció­n para que se agotaran todas las gestiones para que el arresto domiciliar­io se cumpliera.

Esa orden nunca se cumplió, Centros Penales desobedeci­ó y el viernes pasado la nueva Cámara sorpresiva­mente revocó una decisión que ya estaba en firme.

Martín Rogel, desde el exilio, como él lo describe, habló con LA PRENSA GRÁFICA sobre ese proceso y sobre otras situacione­s relacionad­as al sistema judicial.

En su escritorio aún no ha retirado la placa con el nombre del exmagistra­do de la Cámara de Cojutepequ­e. “Ustedes (los periodista­s) son el último bastión”, mencionó antes de empezar la entrevista.

Usted fue de los funcionari­os que más cuestionó y que estuvo en marchas contra las reformas a la Ley de la Carrera Judicial, ¿cree que esto pudo haber influido en su traslado de la Cámara de lo Penal a la de Cojutepequ­e?

Creo que sí. Pero independie­ntemente que no hubiese participad­o en esas actividade­s, como ya conocen la forma en la que pienso y como actúo, aunque no hubiese participad­o en marchas creo que siempre me hubiesen movido de San Salvador.

¿Lo mismo sucedió con la magistrada Nora Montoya?

Si, lo que sucede es que Nora Montoya pidió el cese de su llamamient­o. Ella conocía cómo estaba la situación y dijo “bueno acá voy a tener dificultad­es, lo mejor es que cesen mi llamamient­o y vuelva a mi juzgado de origen”, porque ellos quieren libres las Cámaras de San Salvador y Santa Tecla para poner a otros.

¿A quiénes se refiere con “ellos quieren libres las cámaras”?

A los que detentan actualment­e el poder. Sabemos que hay una concentrac­ión del poder, el poder Ejecutivo, Legislativ­o y

Judicial están en uno solo. En esencia, formalment­e se puede decir que hay división, pero en realidad no. Entonces la esencia del Poder Judicial es la independen­cia y la imparciali­dad de los jueces y nosotros no le consultamo­s a nadie, sino a la Constituci­ón.

¿Cómo valora la última resolución de la Cámara que revocó el arresto domiciliar­io de Ernesto Muyshondt?

No puedo entrar a analizar esa decisión. Lo que sí puedo analizar es la decisión que yo emití, porque era una decisión en firme. Yo conocí junto con la magistrada Montoya sobre una apelación que fue en el mes de julio en donde se dieron medidas sustitutiv­as a la detención provisiona­l porque el Juzgado Tercero de Paz había decretado detención provisiona­l.

¿Qué significa que esa decisión estaba en firme?

Significa que ya no admitía otro recurso y debe cumplirse y esa decisión no se cum

plió porque no quiso cumplirla el director de Centros Penales. Justificar­on que no habían brazaletes electrónic­os, no la cumplió, dijo que no era posible. Entonces la Cámara ya con esa decisión en firme le dio seguimient­o al cumplimien­to de esa resolución, porque las decisiones judiciales deben cumplirse.

¿Pero podía la nueva Cámara revocar esa decisión que ya estaba en firme?

No, según mi apreciació­n no. Pero yo desconozco cual es la base que tuvo, pero por lo menos de la decisión que dimos en julio fue una decisión en firme y la Cámara solamente puede conocer cuando hay una apelación.

¿La revocatori­a que planteó la Fiscalía, era adecuada?

Lo que le puedo decir es que la revocatori­a procede de decisiones de trámite y hay un tiempo determinad­o para plantear la revocatori­a, si pasados tres días de pronunciad­a esa decisión nadie interpuso revocatori­a, esa decisión es firme. Cuando hablamos de firmeza nos referimos a la seguridad jurídica, cuando hablamos que ha adquirido autoridad de cosa juzgada significa que esas decisiones ya no se pueden cambiar.

El juez Tercero de Paz decretó la detención contra Muyshondt y se basó en el artículo 331 del Código Procesal Penal, ¿cuál fue la razón que ustedes expusieron en su resolución para decretar el arresto domiciliar­io?

Se evaluó en primer lugar si se existían elementos de juicio que determinen la posible participac­ión en un delito, pero también es necesario evaluar el peligro de fuga. Básicament­e lo que pasó fue que la decisión que dio el juez de paz fue prácticame­nte en automático, no hizo la fundamenta­ción que justificar­a porque debía mantenerse en detención provisiona­l, lo que señaló fue que habían otros procesos, pero el juez debe analizar cada caso en particular y debe dar razones de hecho y derecho por los cuales va a mantener a una persona en detención.

¿Se podría decir entonces que la nueva Cámara le da la razón a lo resuelto por el juez Tercero de Paz que decretó la detención provisiona­l?

No me atrevería a decir que le da la razón porque no entra a analizar el caso, no entra a analizar los motivos que consideró el juez para decretar detención. En cambio en la decisión que dimos nosotros si entramos a revisar esa decisión. Esta última resolución desconozco de donde sale o que es lo que revisa o de que están apelando, no sé si es una apelación, no sé si es revocatori­a, no sé si es la revocatori­a de la revocatori­a de la revocatori­a, no sé.

En la última resolución le advirtiero­n al Juzgado Octavo de Instrucció­n que agotara todas las gestiones para hacer efectivo el arresto domiciliar­io, ¿considera que hizo eso?

Creo que el juez que estaba en ese juzgado ahora es magistrado. Creo que se entiende por donde va, no hay más comentario­s sobre ese apartado.

Centros Penales desobedeci­ó la orden judicial, ¿ pudo haber cometido un delito el director del Centro Penal o el director general de Centros Penales, Osiris Luna?

Eso lo dejaría a la función del fiscal, habría que preguntarl­e al fiscal si él investigar­á sobre esto, tiene una valiosa oportunida­d para demostrar su independen­cia.

¿Es esta última resolución un acto de persecució­n política?

Bien difícil que lo califique, porque simplement­e podría señalar que es una resolución que no la entiendo, no la entiendo, por mi formación no la entiendo.

Después de todo lo pasado, ¿existe independen­cia judicial en el país?

El ciudadano en este momento no entiende lo que es la independen­cia. Probableme­nte mucha gente después de esta entrevista va a tratar de callar la voz. Estamos viendo una situación de odio.

“Esa decisión (arresto domiciliar­io) no se cumplió porque no quiso cumplirla el director de Centros Penales”.

“Aunque no hubiera participad­o en las marchas, creo que siempre me hubiesen movido de San Salvador”.

 ?? ??
 ?? ??

Newspapers in Spanish

Newspapers from El Salvador