ESTO ES LO QUE DISPONE LA LEGISLACIÓN
La norma estará vigente por dos meses y estos son aspectos a considerar, según EY:
1. ÁMBITO
fla amnistía será aplicable a los tributos administrados por la Dirección General de Impuestos Internos (DGII) y por la Dirección General de Aduanas (DGA).
2.
PLAZO
flos contribuyentes podrán solicitar a la Dirección General de Tesorería un período de gracia no superior a siete meses para el pago a plazos de sus obligaciones tributarias.
3.
PERIODO
ftodos los contribuyentes que deberían haber declarado y/o pagado impuestos y derechos arancelarios al 30 de junio de 2021, podrán aplicar a los beneficios.
4.
OTROS PROCESOS
flos contribuyentes que se hayan acogido a otras amnistías y que por diferentes circunstancias no hayan pagado su deuda, podrían gozar de los beneficios de esta última.
5.
OTROS CASOS
fasimismo, podrían aplicar a los citados beneficios, los contribuyentes cuyas deudas tributarias hayan sido determinadas de conformidad con el artículo 74-A del Código Tributario.
6.
EXCEPCIÓN
fa excepción de la exoneración de multas, las cuales únicamente podrán ser pagadas a plazos. La DGT podrá concederles un plazo no mayor a seis meses para el pago de la deuda.
7.
EXENCIÓN
flos contribuyentes que paguen los tributos originales o omplementarios que adeuden podrán ser eximidos de intereses, cargos y multas, dependiendo del caso en que se encuentren.
8.
PAGOS
flos pagos de los tributos pendientes se podrán realizar con efectivo, cheques, tarjetas de crédito o débito, notas de crédito del tesoro público, entre otros.