ATENTADO CONTRA LA LIBERTAD DE EXPRESIÓN DE LA CIUDADANÍA
A sabiendas de que prohibir abiertamente las protestas -contra la criptomoneda, las desapariciones, los asesinatos, la corrupción, la incompetencia- sería violar el Artículo 6 de la Carta Magna en lo concerniente al ejercicio del derecho de libre expresión sin previo examen, censura ni caución, así como del Artículo 7 y del 30 toda vez que hay una mal disimulada pretensión de suspender algunas garantías ciudadanas, los leguleyos tiran la piedra con una redacción ambigua.
No cabe duda de que lo invertido en los asesores de la fracción legislativa de Nuevas Ideas es dinero quemado.
Ayer, las lumbreras que asisten a los diputados del régimen les redactaron una pieza de incomprensible lectura titulada Disposiciones Especiales y Transitorias de Suspensión de Concentraciones y Eventos Públicos o Privados. En ella, lo único claro es que los escribidores del oficialismo quieren restringir la manifestación de las personas pero disimulándolo, con pobres resultados.
¿A qué puede referirse el decreto cuando alude a “concentraciones masivas sin distanciamiento” sino a las manifestaciones contra el gobierno que tanta furia han despertado en el oficialismo, especialmente del presidente de la República? No hay ninguna otra posibilidad, ni siquiera la de los venideros encuentros futbolísticos toda vez que el mismo documento declara exentas de estas disposiciones precisamente a las actividades deportivas.
Pero el gobierno, pese a su adn autoritario, quiere mantener el tipo hasta donde se pueda. Al fin y al cabo algo saben de leyes los profesionales del Derecho contratados por Bukele y su argolla, que para destruir la Constitución primero hay que conocerla. A sabiendas de que prohibir abiertamente las protestas –contra la criptomoneda, las desapariciones, los asesinatos, la corrupción, la incompetencia– sería violar el artículo 6 de la Carta Magna en lo concerniente al ejercicio del derecho de libre expresión sin previo examen, censura ni caución, así como del artículo 7 y del 30 toda vez que hay una mal disimulada pretensión de suspender algunas garantías ciudadanas, los leguleyos tiran la piedra con una redacción ambigua.
La caracterización que se hace de las concentraciones es inequívoca, no quieren gente gritando consignas contra el régimen; pero a la vez, aluden a que por ministerio de ley se revoca permiso de organizar eventos a los que no se comprometan expresamente con la bioseguridad, no respeten el aforo y no fuercen a los participantes a presentar su cartilla de vacunación.
Entonces, ¿la población puede seguir expresándose, en contra o a favor de lo que se le antoje, siempre y cuando lleve su mascarilla y su cartilla de vacunación? Con la redacción de primer grado que se le dio a la pieza, la respuesta es azarosa, sujeta a los pocos o muchos escrúpulos de los agentes de seguridad y de la ley en cuyas manos quede eventualmente la autorización para que los ciudadanos ocupen el espacio público y se expresen. Así lo expresa esta joya de la literatura jurídica, con el detalle de que además del Ministerio de Salud, también la Policía Nacional Civil está facultada para suspender los eventos y prohibir la entrada a los mismos a cualquier persona.
Es un concepto antidemocrático, una medida inaplicable y un dispositivo con ínfulas legales para proceder discrecionalmente contra cualquiera; con la sumisión e indignidad de la que el órgano judicial hace gala en esta coyuntura, nada es menos recomendable que quedar en manos de magistrados o jueces de nuevo cuño luego de una detención que sería a todas luces arbitraria.
A propósito, cabe recordar que desde hace dos semanas un ex inspector general de la Policía señalado por una actitud relajada ante graves abusos y ejecuciones extrajudiciales es el procurador adjunto de derechos humanos.
Sí, los ingredientes están ahí, la receta es de vieja tradición, con aplicación contemporánea en Nicaragua y Venezuela. Se llama represión, sin importar si los incompetentes que asisten a los títeres legislativos de Bukele saben o no dónde ponerle la tilde.