RESERVA LOS CURRÍCULOS DE JUECES
DESDE ALAC CONSIDERAN QUE ESTO DIFICULTA VERIFICAR LA IDONEIDAD DE UN FUNCIONARIO EN UN CARGO PÚBLICO Y QUE AMPLÍA EL FORMATO DE “JUECES SIN ROSTRO”.
AÑOS ES LA RESERVA QUE APLICA LA CORTE SOBRE LA INFORMACIÓN DE LOS JUECES, PERO LA RELACIONADA A NOMBRE, PLAZA, SU CARGO FUNCIONAL Y SUS ACTIVIDADES.
David Bernal
a Corte Suprema de Justicia (CSJ) impuso una reserva por siete años a la información relacionada a la trayectoria y méritos de lo jueces recién nombrados, lo cual suma una nueva vulneración del Órgano Judicial a la Ley de Acceso a la Información Pública (LAIP) y al derecho de acceso a la información que tienen los ciudadanos.
El Centro de Asesoría Legal Anticorrupción (ALAC) hizo pública ayer una reciente resolución de la Unidad de Acceso a la Información Pública (UAIP) de la Corte, en la cual niega a la organización la hoja de vida y los criterios de selección que siguió la CSJ para nombrar a Aleila Vargas como jueza de menores de San Vicente, bajo el criterio de que esta es información reservada por una declaratoria de 2019, pero que no tiene que ver con lo solicitado en este 2022.
ALAC había solicitado la información de la jueza Vargas por sospechas de que ella no reúne los requisitos para el cargo, pero la CSJ argumenta en su respuesta que la identificación de un juez “implica una limitación en cuanto al ejercicio práctico del derecho y no en cuanto a su esencia, pues frente al derecho de acceso a la información pública existen otros derechos fundamentales que poseen mayor relevancia, como el derecho a la vida, la seguridad, la integridad física y el patrimonio”, con base a una declaratoria de reserva que ya había emitido la Corte anterior en junio de 2019.
LWilson Sandoval, coordinador de ALAC, considera que si bien existe esa reserva desde 2019, la cual limitó el acceso a información sobre los funcionarios judiciales por un plazo de siete años (es decir, hasta 2026), esta no aplica sobre las hojas de vida de jueces, actas de nombramiento de jueces, criterios de selección o actas de Corte Plena donde queda constancia de los nombramientos, que es lo que habían pedido de la jueza Vargas.
“La información se está denegando sin fundamento legal, se reserva de hecho”, argumentó Sandoval, en alusión a que ahora la Corte puede invocar esta declaratoria de 2019 para cuestiones particulares que no están contempladas en el índice de reserva de la CSJ.
El experto en transparencia también argumenta que esto amplía el formato de “jueces sin rostro” instaurado en el régimen de excepción, pero que es contrario a la Convención Americana de Derechos Humanos. “Es incompatible con un sistema democrático en el cual la ciudadanía puede verificar la idoneidad de un servidor público”, amplió.
ALAC también mostró su sorpresa sobre esta nueva decisión de la Corte en el caso de la jueza Vargas, pues previamente la institución había pedido información sobre las hojas de vida de otros jueces ya nombrados y esta les fue proporcionada sin reparos. embargo y que ya tiene alrededor de tres años en esta situación. “La estrategia que ha utilizado (Cabrera) es levantar actas de amonestación haciéndole ver que ella ha sido irrespetuosa con la máxima autoridad”, expuso el sindicato.
El secretario informó que tienen una serie de declaraciones juradas en contra de Cabrera en donde se manifiesta que el juez no ha ejercido debidamente su rol y que utiliza su cargo para amenazar a los trabajadores.
“Esperamos que la sección de investigación actúe. De oficio le corresponde actuar, esperamos que no haya omisión de parte de ellos”, manifestó Quinteros.
Stanley Quinteros, REPRESENTANTE DEL SEJES.