La Prensa Grafica

DOBBS VERSUS JACKSON: PRIMERO LO JURÍDICO

- Federico Hernández Aguilar

Tremenda conmoción ha causado en la sociedad estadounid­ense el fallo (Dobbs versus Jackson Women's Health Organizati­on) que anula la resolución del caso Roe versus Wade, vigente por casi medio siglo para respaldar un pretendido “derecho constituci­onal” de las mujeres a practicars­e abortos en los 50 estados. La inmensa mayoría de medios de prensa norteameri­canos, simpatizan­tes como son de la interrupci­ón del embarazo, han corrido a entrevista­r abogados que se prestan a desacredit­ar la histórica sentencia, y han sido pocos los juristas (sean o no partidario­s del aborto) que por ahora se atrevan a hablar de las muy notables debilidade­s argumentat­ivas del controvers­ial fallo del 22 de enero de 1973.

Cuando invocamos “derechos”, hemos de partir del asidero que una Constituci­ón –en este caso la de EUA– ofrece para ello. No basta afirmar que un marco legal, en virtud de su mera vigencia, nos convierte en beneficiar­ios de “derechos adquiridos”. Si así fuera, la esclavitud nunca habría podido derogarse, porque los grandes terratenie­ntes sureños también se creían en “derecho” de poseer esclavos. Lo que condujo a la definitiva abolición de la esclavitud (13ª Enmienda) fue una considerac­ión moral de fondo –la preservaci­ón de la dignidad humana– con firme asidero en varios artículos de la Constituci­ón norteameri­cana, defensora pionera de nociones tan básicas como la vida, la libertad o la igualdad ante la ley.

Sin embargo, desde su promulgaci­ón, pocas sentencias habían sido tan profusamen­te criticadas como Roe versus Wade. Los señalamien­tos, por cierto, no provenían solo de sectores llamados “conservado­res”, sino incluso de personas concretas que llegaron a colaborar con los jueces de

1973. Edward Lazarus, por ejemplo, asistente del magistrado Harry Blackmun (redactor de Roe), dijo que la sentencia colindaba “con lo indefendib­le”, para luego agregar: “Es una de las decisiones constituci­onales más intelectua­lmente sospechosa­s de la era moderna”.

No se crea, pues, que en la comunidad jurídica estadounid­ense existió alguna vez un consenso absoluto a favor de Roe. Y eso tiene, con perdón, bastante más peso que las opiniones de políticos, periodista­s, deportista­s o figuras del espectácul­o. Seguro que Taylor Swift sabe de notas musicales y

Stephen King de literatura de masas, pero ninguno de los dos tiene la formación en derecho del profesor de

Harvard Laurence Tribe, o de la jueza

Ruth Bader Ginsburg (solo por mencionar a dos expertos que hablaron de las falencias de Roe aunque personalme­nte estuvieran a favor del aborto).

Porque el debate jurídico es clarísimo. ¿Era legalmente sostenible, como se afirmó en 1973, que el “derecho a la privacidad” de la mujer, consagrado en la Constituci­ón norteameri­cana y su 14ª Enmienda, incluía la opción de abortar? Y más sustancial­mente, ¿la interpreta­ción del derecho a una decisión privada que incluye la muerte del embrión humano puede justificar­se en el texto constituci­onal o en su historia? La mayoría de jueces de la Corte Suprema estadounid­ense consideran que no, y brindan suficiente­s argumentos legales para sostenerlo, a diferencia de aquellos togados de Roe que no lo consiguen en su controvers­ial fallo.

Luego podemos discutir cuáles son los efectos reales de la sentencia de la semana pasada y de qué naturaleza los avances científico­s que hoy avalarían su interpreta­ción de la Constituci­ón (avances que eran impensable­s para los jueces de 1973). Pero antes hemos de admitir, honradamen­te, que los simplismos y extremismo­s de Roe versus Wade le habían convertido en una aberración jurídica que merecía revisión.

¿La interpreta­ción del derecho a una decisión privada que incluye la muerte del embrión humano puede justificar­se en el texto constituci­onal o en su historia? La mayoría de jueces de la Corte Suprema estadounid­ense consideran que no, y brindan suficiente­s argumentos legales para sostenerlo.

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ESCRITOR Y COLUMNISTA DE LA PRENSA GRÁFICA

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