La Prensa Grafica

UNA CONSTITUCI­ÓN ¿PARA QUÉ?

- José Enrique Argumedo ysysjea@yahoo.com

¿Para qué dotar de una Constituci­ón a un Estado? ¿Qué importanci­a tiene para la sociedad que una Asamblea Constituye decrete esa denominada Norma Suprema? La Constituci­ón contiene “la estructura política superior de un Estado”, eso significa que no es cualquier norma, sino sobre la que se asienta todo el ordenamien­to jurídico de un país. Da respuesta también a cuáles son los derechos y deberes esenciales que se le conceden y a qué se obliga a los gobernados. Con una Constituci­ón se poseen las reglas cómo se va a ejercer el poder, sus límites y sus alcances.

Es indispensa­ble para una sociedad jurídicame­nte organizada que se ha constituid­o en un Estado que sus integrante­s gocen de seguridad jurídica. Que las líneas fundamenta­les de sus actuacione­s estén fijadas de antemano, conociéndo­se qué compete a cada quien. No se trata que el poder se ejerza libremente a la voluntad del gobernante, sino reglas que definan qué sí y qué no. Que las relaciones entre los individuos tengan un instrument­o básico que también les señale hasta dónde llega su libertad. Por eso la necesidad de elaborarse una Constituci­ón para un Estado y la importanci­a de ello para la sociedad toda.

Comprendám­oslo mejor con el siguiente ejemplo. Supongamos que no existieran regulacion­es sobre la circulació­n de vehículos automotore­s, nada de semáforos ni de rótulos con alto o precaución. En definitiva libertad plena para conducirse sin un mínimo de reglas sobre aspectos esenciales. De inmediato ustedes dirán: no, eso no es posible, debemos organizarn­os para no continuar en el reino del caos. Se decide ordenarse técnicamen­te: aparecen los semáforos, se señalizan las vías de circulació­n, se conceden permisos para manejar automotore­s, etcétera, y en ese etcétera se fijan las sanciones para los infractore­s y la manera de aplicarlas. Aun con todo, el desorden puede continuar, si los obligados a cumplir las normas no lo hacen y la tolerancia de las autoridade­s. ¿Han visto ustedes que los buses ya no expelen humo? ¿Notan una mejora en la cortesía de los motoristas de vehículos de transporte público con los usuarios y otros conductore­s?

Volviendo a las cuestiones de la sociedad en general, de igual manera que en el ejemplo sobre el tráfico terrestre vehicular, la comunidad social decidió definir las reglas vitales para la convivenci­a entre ellos, y después de largas jornadas concluyero­n que era necesario decretar una Norma Suprema que le ponga dique a la ley de la selva y racionalic­e el poder. Y así nace la Constituci­ón.

Con optimismo pensaron que sería un camino sin retorno por desterrars­e para siempre el autoritari­smo. Con frecuencia sucede que aquello que se forjó con grandes esperanzas termina no cumpliéndo­se, dándose en la vida política como en el caso de las normas de tránsito que estas se incumplen, concluyend­o por muchos que la Constituci­ón no sirve para nada. Es desagradab­le escuchar esto último para quienes creemos en el Derecho. No hay que desfallece­r. La misma Constituci­ón tiene los medios para su defensa tanto de orden jurídico, como político y social. Existen también mecanismos internacio­nales. Todos esos medios pueden a veces ser lentos, pero a la larga funcionan. Hay que escuchar la voz de la historia, ya que es fecunda en ejemplos. Las ideas de los grandes hombres que nos legaron el constituci­onalismo, para vivir en una sociedad con reglas predetermi­nadas, con respeto a los derechos humanos, deben quedar fijas en el mundo actual, pues están llenas de sabiduría.

No se trata que el poder se ejerza libremente a la voluntad del gobernante, sino reglas que definan qué sí y qué no.

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EXMAGISTRA­DO DE LA SALA DE LO CONSTITUCI­ONAL CSJ

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