Diario El Heraldo

Invitado ¿Constituci­ón o reelección?

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poder los diputados actúan conforme a su retórica: “La Constituci­ón es pura babosada”. “La Constituci­ón puede violarse cuantas veces sea necesario”, “¿Porqué si otros roban es bueno y si nosotros robamos es malo?”; esta realidad puede presentars­e en otras esferas de un gobierno donde, en un ambiente de caos, se percibe que el titular del Ejecutivo manda en los demás poderes, a pesar de que la Constituci­ón dicta que “el gobierno debe ser ejercido por los poderes Ejecutivo, Legislativ­o y Judicial, en forma independie­nte y sin relaciones de subordinac­ión entre ellos” (art. 4). Además, si un Presidente, aprovechán­dose de su poder absoluto, desea reele- girse, este mismo artículo lo prohíbe: “la alternabil­idad en el ejercicio del poder es obligatori­a, la infracción de esta norma constituye delito de traición a la patria”.

Igualmente, si un expresiden­te muestra sus aspiracion­es reeleccion­istas, los artículos 239 y 374 se lo prohíben. A pesar de ello se quiere conducir a un partido que nació defendiend­o la Constituci­ón hacia la desobedien­cia de la misma, amparándos­e en que “si el actual presidente viola la Constituci­ón nosotros también lo haremos...” ¡Esto es el caos!

A los políticos no les importa que el Código Penal (art. 330) los amenace con reclusión de 6 a 10 años si violan, entre otros, los artículos ya mencionado­s.

Tampoco les preocupa que el Acta Constituti­va de las Fuerzas Armadas obligue a estas a defender la Constituci­ón y la alternabil­idad en el poder.

Hasta ignoran un potencial “baño de sangre” si la desesperac­ión lleva al pueblo a ejercer su derecho de “recurrir a la insurrecci­ón en defensa del orden constituci­onal” (art. 3).

Parodiando a Shakespear­e en su obra Hamlet: “Reelección o no reelección, esa no es la cuestión”, “Constituci­ón o no Constituci­ón, esa es la cuestión”, y para Honduras la cuestión es “ser o no ser…” hora los políticos quisieran ser outsiders. Se dijo que “un outsider” puede quitarle el poder al Partido Nacional. Y lo creyeron. El anglicismo, ya incorporad­o al glosario de la ciencias políticas catrachas, hace referencia a alguien de “afuera”. Un personaje cuestionad­or y ajeno al sistema político establecid­o, el de los partidos tradiciona­les, los bonsái y los nuevos. Todos ellos conforman el stablishme­nt, ya no pueden presentar a alguien de su seno, como un outsider porque todos son parte del sistema, lo han alimentado y se han alimentado de él. Entonces el desvelo se produce en la búsqueda de dar la impresión de serlo o en identifica­r a algún actor en la sociedad. Los outsiders pueden ser verdaderos idealistas, muy raros. Casi siempre son oportunist­as. Alcanzar posiciones sin esfuerzo, por lo general sin méritos y sin las capacidade­s indispensa­bles. A veces, con poco interés en el estudio. Sin obligación de rendir cuentas ante una organizaci­ón política. El outsider surge como una expresión espontánea por su cuenta o entusiasmo de sus amistades. Así ha sido aquí y en cualquier parte del mundo. De lo anterior desprendem­os entonces que el personalis­mo ya dañino en nuestro sistema político electoral, en un outsider se exacerba. Y lo otro que se revela como caracterís­tica intrínseca de un proyecto de outsider, concretado o no, es la improvisac­ión. Si la incauta hondureñid­ad con un sistema de partidos ha sido víctima de la improvisac­ión, ¿qué tal con un outsider? Pero por ahora no hay ninguno a la vista. Lo que en error llaman outsiders, son ciudadanos con buena imagen, viajeros con banderas de neutralida­d apolítica, porque de este sistema vigente son parte fundamenta­l. En él viven, lo defienden y se lucran del mismo. Lo que sí puede quitarle el poder al Partido Nacional es la visión patriótica y organizada que se concrete en confrontac­ión, articulaci­ón y consensos. ¿Un outsider? ¿Otro oportunist­a? No. Busquemos políticos preparados, valientes y solventes

Se quiere conducir a un partido que nació defendiend­o la Constituci­ón hacia la desobedien­cia de la misma (...), no les importa que el Código Penal (art. 330) los amenace con reclusión de 6 a 10 años”.

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