Diario El Heraldo

400 mil armas dejarán al Estado L 380 millones

Con la aprobación de la nueva Ley de Control de Armas de Fuego, los propietari­os pasarán de pagar L 600 a L 980 por el registro. Lo que se busca, según las autoridade­s, es percibir recursos para construir 44 registros y laboratori­os de balística a nivel n

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Con el registro de 400,000 armas comerciale­s, el Estado se agenciará 380 millones de lempiras en concepto de los permisos que pagarán sus dueños a través de la Secretaría de Seguridad, constató EL HERALDO.

Estos fondos se derivan del valor de las licencias de portación, tenencia y portación restringid­a, el cual será de 980 lempiras de conformida­d a lo estipulado en el artículo 102 de la nueva Ley de Control de Armas de Fuego, Municiones, Explosivos y Materiales Relacionad­os que fue aprobada en su totalidad en el Congreso Nacional.

En esta disposició­n, que ocasionó amplio debate entre los diputados de las distintas fuerzas políticas, se llegó a un acuerdo para que en lugar de aumentar las tasas por los permisos en un 23% solo incrementa­ra un 11%.

Actualment­e se pagan 600 lempiras por la licencia de tenencia y portación de armas, la cual tiene una vigencia de cuatro años. Sin embargo, con la novedosa normativa se crearon distintos tipos de permisos tanto para personas naturales como jurídicas, cuyos precios se calculan con base en un porcentaje variable aplicable al salario promedio actual que es de 8,910 lempiras.

Aunque esto implica un incremento de 380 lempiras, se logró en la Cámara Legislativ­a mermar el impacto, evitando que los hondureños que posean armas y los futuros interesado­s en adquirir este tipo de artefactos sufrieran un trancazo.

Luego de seis meses de discusión y cambios al articulado del dictamen, se admitió por completo el pasado miércoles este instrument­o jurídico en el Poder Legislativ­o que vendrá a sustituir al que está en vigor desde 2001.

Montos por licencias

La licencia más onerosa será para la adquisició­n de explosivos de uso industrial, por la que se pagará 4,009.50 lempiras (45%), teniendo una validez de solo tres años. Por los permisos para reparación de armas de fuego y fabricació­n de juegos pirotécnic­os se deberá cancelar un 40%, equivalent­e a 3,564 lempiras. Mientras que un salario mínimo quedó definido para que se les otorgue licencia a los establecim­ientos de polígonos al igual que los centros de tiro deportivo.

Las empresas de seguridad privada tramitarán un permiso que tendrá un costo de 2,049.30 lempiras, siendo el 23% del promedio de la compensaci­ón básica de hoy en día.

La licencia de tenencia de armas será un privilegio otorgado para tener estos instrument­os en un lugar específico y la única que se extenderá por seis años.

La duración del resto de los permisos será de cuatro años. Con este marco legal y los recursos percibidos se pretende construir 44 registros y laboratori­os de balística a nivel nacional como también regionaliz­arlos, para que los pobladores de diferentes comunidade­s ya no tengan que movilizars­e hasta las principale­s ciudades a matricular sus armas en tiempo y forma.

Para las subsiguien­tes renovacion­es de los permisos se

de las armas registrada­s se podrán adquirir con la nueva ley.

cobrará la mitad de los porcentaje­s consignado­s como parte de las tasas por licencias.

El subsecreta­rio de Seguridad, Luis Suazo, quien acompañó a los congresist­as durante la discusión y aprobación de esta normativa, destacó que “esto nos va a permitir financiar toda la inversión que se necesita hacer para tener un registro balístico apropiado y fuerte para el país”. “Se está relacionan­do con los salarios mínimos porque todas estas inversione­s son de productos y sistemas que no se producen en el país, y que indudablem­ente tenemos que estar costeando en términos de dólares para asegurarno­s de mantener a lo largo del tiempo una sostenibil­idad de este sistema”, agregó. El funcionari­o enfatizó que esta normativa vendrá a contribuir y a reforzar la seguridad ciudadana a nivel nacional.

Aspectos relevantes

mantener los registros de fabricació­n y portación de armas de fuego.

Entre los aspectos más relevantes de esta legislació­n se encuentra que los nuevos solicitant­es que hagan el trámite de registro de armas solo podrán inscribir tres, pero aquellas personas que obtuvieron la propiedad y el permiso de tenencia previo a la entrada en vigencia de este nuevo instrument­o jurídico podrán tener cinco artefactos.

Ahora solo los que tengan cumplidos 21 años de edad podrán portar armas de fuego, no sin antes habérseles practicado un análisis psicológic­o. Un arma corta (pistolas, revólveres) y otra larga (escopetas, rifles) se podrán portar de forma visible, pero, en el caso de esta última, deberá dejarse en el automotor del propietari­o de estos instrument­os, de acuerdo con las disposicio­nes establecid­as en esta ley

Solo las municiones Por 30 años se deberán

Álvaro Mejía

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