Diario El Heraldo

Novedades contemplad­as en la nueva Ley de Control de Armas

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1 El dominio de las armas podrá traspasars­e

A las personas que reúnan los requisitos se les podrá traspasar el dominio de las armas de fuego. Lo anterior fue un agregado que se le hizo al artículo 22 concernien­te a materiales de uso permitido para personas particular­es autorizada­s.

2 Armas de fuego ya no podrán ser empeñadas

Ningún arma de fuego podrá recibirse como garantía prendaria por las casas de empeño del país.

En caso de contraveni­r esta disposició­n, se sancionará a estos negocios con una multa que va de 10 a 15 salarios mínimos.

3 Más locales de venta de municiones se aperturará­n

En un plazo de seis meses después de la entrada en vigencia de esta normativa, La Armería deberá aperturar locales para la venta de municiones en todas las cabeceras municipale­s a fin de controlar y combatir la ilegalidad.

4 Empresas deberán crear un fondo o contratar seguro

Crear un fondo de contingenc­ia o contratar un seguro son las opciones que tendrán las empresas como parte de los requisitos para obtener una licencia y que su personal porte armas de fuego, de acuerdo con el inciso f del artículo 35.

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