Hasta con chalecos antibalas protegerán a jueces en riesgo
Medidas de protección indican que funcionarios podrán optar a carros blindados y botones de pánico
La Unidad Especial de Protección del Poder Judicial trae adscrito un Comité Técnico que será el órgano deliberativo encargado de efectuar los dictámenes de los estudios de evaluación de riesgo de las solicitudes hechas por los jueces y magistrados que accedan al mecanismo de protección.
El Comité tendrá la potestad de emitir las medidas preventivas y de protección de las solicitudes presentadas a la coordinación de la Unidad. Este órgano estará integrado por el presidente o presidenta de la Corte Suprema de Justicia (CSJ) o el funcionario que este designe para tal fin.
Además, el magistrado coordinador de la Sala de lo Penal del Poder Judicial, el coordinador de la Unidad Especial de Protección y los representantes de las asociaciones de jueces, magistrados y defensores públicos.
El Comité evaluará las medidas de protección y podrá determinar su otorgamiento, su negativa de otorgamiento, la suspensión, su modificación o su continuidad.
Medidas
El Comité Técnico y la coordinación general de la Unidad contarán con un catálogo de medidas de seguridad para la prevención y protección de las personas operadoras de justicia que se encuentran bajo riesgo.
Las medidas preventivas conllevan la autoprotección que es la instrucción, capacitación, adiestramiento y medidas de protección personal.
Patrullajes desarrollados por personal de seguridad del Estado a la vivienda o las instalaciones donde desempeña sus funciones la persona operadora de justicia con perfil de riesgo. Además, adecuación de la infraestructura de los lugares de traba- jo a partir de medidas de seguridad y condiciones físicas de los espacios laborales que controlen el ingreso de personal y la interacción con los operadores de justicia.
Mientras que las medidas de protección incluyen: evacuación de emergencia, apoyo de reubicación temporal para el beneficiario y su núcleo familiar hasta por un máximo de seis meses. Las medidas de protección a los funcionarios judiciales en riesgo incluyen escoltas de cuerpos especializados, botones de pánico, instalación de cámaras, cerraduras, chalecos antibalas y carros blindados. También, conllevan a la reubicación temporal para el beneficiario y su núcleo familiar hasta por un máximo de seis meses, puede ser prorrogable previa reevaluación del riesgo y la reasignación de casos que conoce judicialmente.
También, la entrega de equipos de comunicaciones celular y satelital y la flexibilización de las jornadas laborales y rutinas de trabajo para garantizar la seguridad.
Igualmente, permitir el desarrollo de las labores profesionales fuera de las oficinas