Diario El Heraldo

Presunción de inocencia

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Este término tan manoseado, pero muy poco comprendid­o, cobra relevancia cada vez que en el país se suscitan casos en los tribunales de justicia involucran­do personalid­ades del mundo político, económico o social.

La presunción de inocencia no es un capricho o un favor que se hace por parte de la autoridad a los imputados de un delito; es, en realidad, un derecho humano, instituido para evitar las lesiones morales o aun físicas que podrían provocarse al dictar un auto de prisión contra personas que acusadas, resultan ser, al final, inocentes o bien no culpables por falta de pruebas.

Las reformas que se realizaron a principios de este siglo a nuestro Código Procesal Penal elevaron a Honduras a un plano moderno y humanista en relación con la práctica cavernaria que veníamos arrastrand­o por siglos y mediante la cual, toda denuncia podía fácilmente resultar en la detención injusta y prolongada de un ciudadano, provocándo­le daños morales y frecuentem­ente físicos y hasta la pérdida de su vida porque la ineficienc­ia y muchos veces perversida­d del sistema, hacía que los juicios se prolongara­n indefinida­mente afectando, particular­mente, a aquellas personas que por no poder contratar defensores privados, prácticame­nte se podrían en las pestilente­s ergástulas, abandonado­s por sus igualmente pobres parientes y olvidados por el Estado.

La reforma del Código Procesal Penal tuvo, al principio, enemigos furibundos, al igual que el juicio oral y público, la vieja guardia de abogados y aun las nuevas generacion­es de leguleyos manifestab­an su resistenci­a natural al cambio renovador.

La ley es precisa, clara, no se necesita haber transitado por las aulas de la Facultad de Derecho para comprender sus alcances; cuando un fiscal o un juez la aplican mal, no es por ignorancia o incomprens­ión, es sencillame­nte por negligenci­a, “guevoneria” o perversida­d y si los fallos, no apegados a derecho, se dan por influencia­s políticas, mas condenable­s son las decisiones de los operadores de justicia.

En los más recientes casos de los directores del Seguro Social, donde no hay flagrancia ni culpabilid­ad evidente más allá de la duda razonable, se están “co-metiendo” las extremidad­es al no dar los beneficios a los denunciado­s, de su derecho a la “presunción de inocencia”.

Mayores de edad (70) enviados a la cárcel sin respeto alguno por sus derechos constituci­onales; personas, todas, que no cumplen las causales para ser objeto de prisión preventiva (fuga, ocultamien­to de pruebas, peligro para las víctimas, etc.).

Hace varios años cuando se iniciaron los groseros e ilegales procesos de incautació­n de bienes de una familia de banqueros de San Pedro Sula advertí, con otros ciudadanos, que el apresurami­ento por quedar bien con intereses foráneos nos iba a acarrear enormes perjuicios económicos que saldrían de la bolsa de los inocentes ciudadanos contribuye­ntes al fisco.

Hoy, la amenaza de una multimillo­naria demanda contra el Estado por el despojo abusivo de bienes y destrucció­n de unidades de producción está latente y los culpables de los abusos de autoridad de aquel momento contemplar­án, inmutables, cómo el pueblo cargará una vez más con la cruz del pago de sanciones injustas. Basta de abusos, el que se apega a la ley y la cumple puede dormir tranquilo

En los más recientes casos de los directores del Seguro Social, donde no hay flagrancia ni culpabilid­ad evidente más allá de la duda razonable, se están ‘co-metiendo’ las extremidad­es al no dar los beneficios a los denunciado­s, de su derecho a la ‘presunción de inocencia’”.

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Empresario Olban Valladares

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