Constitución de las bancadas
De acuerdo con el artículo 29 de la Ley Orgánica del Poder Legislativo, una vez constituidas las bancadas estas eligen a un jefe, subjefe y un secretario, lo cual debe de ser comunicado ante la junta directiva del Congreso Nacional. La normativa no establece que los cambios de autoridades del conjunto de diputados de un partido político deben de ser notificados a la directiva ni que deben de contar con la venia del titular del Legislativo, Mauricio Oliva, en este caso. La selección de los jefes de bancada en cada fuerza política está sujeta a sus disposiciones internas. Los liberales han estilado que cada año se designe a las nuevas autoridades dentro del CN.