Diario El Heraldo

Nuevo Código agilizará los procesos en materia laboral

En abril próximo comenzará la discusión del dictamen elaborado tras un año

- Álvaro Mejía El Heraldo alvaro.mejia@elheraldo.hn

El Poder Judicial deberá de dotar a todos los juzgados y tribunales de trabajo de los recursos y medios técnicos para la expedita administra­ción de justicia laboral. Tras un año de elaboració­n, una comisión especial nombrada en el Congreso Nacional culminó el dictamen del Código Procesal Laboral, un novedoso instrument­o jurídico que proporcion­ará a la sociedad un mejor y mayor acceso a la justicia laboral y de seguridad social. Uno de los enfoques de este marco legal que consta de 440 artículos consiste en la reducción drástica de los trámites como también de los actos procesales, sin recortar las garantías. El pasado miércoles, el titular de esta comitiva, Denis Castro Bobadilla entregó a la Secretaría del CN el dictamen de este Código que empezaría a ser debatido a su vez aprobado por capítulos y después de junio próximo.

primera instancia

El conocimien­to y resolución en primera instancia de todos los asuntos laborales que este Código atribuye a la jurisdicci­ón del trabajo correspond­e a los juzgados de letras del trabajo, de acuerdo con el artículo 11 del dictamen al que tuvo acceso EL HERALDO.

Mientras que el artículo 161 de este conjunto de disposicio­nes establece que cuando alguna persona que participe en el proceso no conozca el idioma español o fuere sordomuda, el juez o tribunal podrá nombrar a persona conocedora como traductora del idioma o intérprete del lenguaje de señas. Añade que un juramento o promesa de fiel traducción o interpreta­ción se exigirá y a toda prueba documental redactada en idioma diferente al español se acompañará la traducción oficial de la misma. Varios artículos tanto del Código del Trabajo como de la Ley de la Jurisdicci­ón de los Contencios­o Administra­tivo quedarán derogados al quedar aprobado este nuevo instrument­o procesal

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FOTO: EL HERALDO Con este nuevo Código se assira a simsligcar el servicio súblico de justicia del que hacen uso los trabajador­es.

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