Prohíben el aborto con reforma a la Constitución
Con 88 uotos a fauor se aprobó la restricción explícita de esta forma de interrupción de la uida
De ahora en adelante el aborto ya no solo se castiga con cárcel en el Código Penal, sino que quedó prohibido en la Constitución de la República, evitando cualquier pretensión de legalizarlo como ha ocurrido en otras partes del mundo. Bajo un amplio debate, con voces disonantes, incluso al interno de la oposición, y el voto favorable de 88 diputados, el Congreso Nacional en la segunda sesión virtual del año aprobó ayer una reforma por adición al artículo 67 de la Carta
Magna contentivo del derecho individual del que está por nacer a quien se le considera como nacido en Honduras. “Se considera prohibida e ilegal la práctica de cualquier forma de interrupción de la vida del que está por nacer, a quien debe respetársele la vida en todo momento. Serán nulas e inválidas las disposiciones legales que establezcan lo contrario”, subraya el contenido que se le añadió a esta disposición constitucional. Agrega en el siguiente párrafo que “lo dispuesto en este artículo de la presente Constitución, sólo podrá reformarse por una mayoría de tres cuartas partes de los miembros del pleno del Congreso Nacional, sus disposiciones no perderán vigencia o dejarán de cumplirse cuando sea supuestamente derogado o modificado por otro precepto constitucional. Serán nulas e invalidas las disposiciones legales que se creen con posterioridad a la vigencia del presente artículo que establezcan lo contrario”.
El aborto está restringido en el país y es penado con tres y hasta diez años de reclusión para las mujeres que lo cometan de forma clandestina junto a los agentes que participen en esta acción, de acuerdo con el artículo 196 de la normativa vigente en materia penal