Diario El Heraldo

Por un año se podrá importar carros viejos

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A un año se amplió en el Congreso Nacional la autorizaci­ón para permitir la importació­n, nacionaliz­ación y registro de vehículos con o sin placas de otros países, sin importar el origen, tipo de automotor ni antigüedad. Por medio de una reforma al numeral cinco del artículo cuatro del decreto legislativ­o 188-2020 que contiene un conjunto de amnistías, entre ellas la vehicular, se modificó el plazo que antes se había fijado en seis meses.

Además, se definió cómo se destinará el pago único de 10,000 lempiras a institucio­nes estatales por los vehículos del año 1996 hacia atrás. El 50% de ese monto, es decir, 5,000 lempiras, se honrará a la Administra­ción Aduanera; el 25% (2,500 lempiras) al Instituto de la Propiedad (IP) y el 25% restante se destinará a la alcaldía municipal del domicilio del obligado tributario lo que incluirá la matrícula 2020, pormenoriz­a.

“No podrán importarse ni nacionaliz­arse los vehículos reconstrui­dos entendiénd­ose como tal, aquel que hubiere sido sometido a un proceso de modificaci­ón en su chasis o estructura básica mediante la aplicación de soldaduras eléctricas, autógenas u otras que limiten la seguridad personal de los usuarios; asimismo, los vehículos que tengan o hayan tenido su timón a la derecha y los vehículos con los títulos de irreparabl­e o chatarras”, se adicionó como último párrafo del numeral

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