Diario El Heraldo

Casi 300,000 afiliados afectados por falta de ley

Reclamos Alrededor de 10,000 trabajador­es del sector privado no han podido retirar sus aportacion­es del fondo de cesantía

- Luis Rodríguez El Heraldo luis.rodriguez@elheraldo.hn

Alrededor de 10 mil trabajador­es del sector privado han solicitado la devolución del fondo de cesantía y 356 más buscan su fondo de pensión, sin respuesta debido a la inconstitu­cionalidad de la Ley Marco de Protección Social. El Congreso Nacional ya recibió la nueva propuesta de ley que restituirá la potestad a la institució­n.

La declarator­ia de inconstitu­cionalidad de la Ley Marco del Sistema de Protección Social (LMSPS) está afectando a los afiliados del Régimen de Aportacion­es Privadas (RAP) al no poder retirar sus aportacion­es de los fondos de pensión y de cesantía.

Cada mes los reclamos rondan los 5,000 y en los últimos dos meses acumulan alrededor de 10,000 solicitude­s que se encuentran paralizada­s.

Cifras exactas indican que un promedio mensual de 5,560 afiliados hacen la solicitud de devolución del fondo de cesantía por un valor de 66 millones de lempiras.

Los reclamos en el fondo de pensión suman 178 en promedio al mes por un valor de 5.5 millones de lempiras.

La anulación de la ley también impacta en los 300,000 trabajador­es cotizantes activos al suspenders­e las aportacion­es a esos fondos.

Para subsanar esa situación el Poder Ejecutivo envió al Congreso Nacional la iniciativa de la Ley de Administra­ción de Fondos de Reserva Laboral y de Previsión Social Complement­ario del RAP, no obstante, ese nuevo marco legal no ha sido aprobado por el Poder Legislativ­o.

Al aprobarse y entrar en vigencia esa ley, se rehabilita­rá al Régimen de Aportacion­es Privadas la administra­ción y recaudo de fondos y, por ende, los afiliados podrán retirar sus recursos de la reserva laboral y del fondo de pensión, de acuerdo con Enrique Burgos, gerente general del RAP.

Otro impacto directo de la declarator­ia de inconstitu­cionalidad de esa ley está en el

patrimonio de los fondos vía rendimient­os de los ingresos procedente­s de las inversione­s en bonos gubernamen­tales, los que al vencer no se pueden renegociar por la carencia de una ley y, por ende, no hay más entrada de recursos vía tasas de interés. El rendimient­o promedio en el fondo de pensión (tasa de interés) es del 6.13% y 5.10% en el de cesantía.

Los fondos

Con la derogatori­a del Decreto 56-2015 que contenía la Ley Marco del Sistema de Protección Social se eliminaron el Régimen de Previsión Social (fondo de pensión) y el Régimen del Seguro de Cobertura Laboral (fondo de cesantía) que administra­ba el RAP, lo que ahora mantiene en incertidum­bre a los afiliados.

De 2016 a 2022 el saldo acumulado del fondo de pensión es de 4,506.1 millones de lempiras y 5,809.1 millones del fondo de cesantía, que en total suman 10,315.2 millones. Para 2022 las proyeccion­es, de acuerdo con Burgos, eran recaudar 2,395.5 millones de lempiras en el fondo de cesantía y 491.4 millones del fondo de pensión, dejando un total de 3,380 millones.

Para el cierre de este año ambos fondos sumarían 13,695.2 millones de lempiras.

Al primer trimestre de este año las recaudacio­nes en ambos fondos sumaron 1,062.5 millones de lempiras, de los que 757 millones correspond­ieron al Régimen de Cobertura Laboral y 305.5 millones al Régimen de Previsión Social.

Impacto

La Corte Suprema de Justicia (CSJ), al declarar inconstitu­cional la LMSPS, realizó un profundo análisis sobre el impacto en los servicios que brinda el RAP a sus afiliados activos e inactivos.

Esta medida ha tenido un efecto directo sobre los trabajador­es del sector privado afiliados al Régimen de Aportacion­es Privadas al suspenders­e la continuida­d de la operación de los fondos y también la devolución de las aportacion­es. Burgos sostiene que lo actuado por el RAP está enmarcado en ley y con fundamento en la sentencia de inconstitu­cionalidad al señalar que lo actuado hasta el 5 de abril de 2022 es legal, pero después de esa fecha no se puede aplicar al haber encontrado la Corte Suprema de Justicia vicios de inconstitu­ciona

lidad. “La ley dejó de existir como cuerpo normativo en el país, pero reconoce que todo lo actuado fue legal”, subrayó el entrevista­do.

Devolucion­es

Con la derogatori­a de la Ley Marco, el Régimen de Aportacion­es Privadas suspendió la devolución de las aportacion­es al fondo de cesantía a los afiliados. Esa situación ha generado malestar e incertidum­bre entre los aportantes al no poder retirar los recursos aportados y ser los afectados con la decisión de la CSJ.

De acuerdo con el artículo 29 de la derogada LMSPS, el Régimen del Seguro de Cobertura Laboral tiene como objeto propiciar el pago efectivo y obligatori­o del auxilio de cesantía que se deriva del Código de Trabajo, la creación de la compensaci­ón por antigüedad laboral y otros servicios que puedan generarse al trabajador(a) derivado de la constituci­ón efectiva de una reserva laboral.

Los afiliados que han solicitado la devolución de sus aportacion­es reciben como respuesta: “Debido a la derogación de la

14,670 millones de lempiras suma el fondo de vivienda, a través del que se han otorgado 11,539 préstamos a bajas tasas de interés.

Ley Marco (...) no contamos con un marco jurídico que nos faculte para captar, administra­r ni devolver los fondos de cesantía y pensión, por lo tanto, en este momento las solicitude­s de retiro de estos fondos se encuentran pendientes de pago”.

Según el gerente del RAP, los afiliados deben tener la certeza de que sus fondos están acreditado­s en sus cuentas individual­es, los que pueden consultar en línea o través de los estados de cuenta que se extienden en los puntos de servicio que operan en los centros comerciale­s de las principale­s ciudades del país.

Subraya que “el RAP no está autorizado para seguir generando transaccio­nes en estos dos fondos”. Agregó que siguen con normalidad la operación del fondo de vivienda y la administra­ción del patrimonio de la institució­n.

Esa situación ha generado preocupaci­ón entre afiliados que perdieron su empleo después del 6 de abril de 2022 y que ahora están a la espera de que el Congreso Nacional apruebe un nuevo marco legal para retirar su efectivo del fondo de cesantía. Enrique Burgos destaca la importanci­a del Régimen del Seguro de Reserva Laboral, el que se nutre de aportacion­es de las empresas y por eso esperan que el Poder Legislativ­o apruebe la nueva ley para rehabilita­r la operación del fondo de cesantía.

Para muchas empresas ha significad­o una herramient­a necesaria porque al momento de despedir personal solo han tenido que completar las cesantías al contar con recursos en la reserva laboral que administra­ba el RAP. Sin embargo, deja claro que el principal beneficiad­o es el trabajador del sector privado al disponer de recursos para cubrir sus derechos laborales

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FOTO: MARVIN SALGADO
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Las autoridade­s del RAP piden al Congreso Nacional la aprobación de la nueva ley para entregar las aportacion­es a los trabajador­es.
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