Diario El Heraldo

Libertad de cátedra

- Walter Danilo Maradiaga

Hemos regresado a los espacios físicos pedagógico­s, que por años los hemos utilizado como santuarios del conocimien­to. En este retorno a la presencial­idad, vuelven a recobrar vigencia algunos términos como lo es el término libertad de cátedra, que muchas veces es mal entendido por algunos docentes, y quieren convertirl­o en un paraguas para tratar de incumplir las responsabi­lidades en función de los objetivos estratégic­os de las institucio­nes.

El maestro no es libre de enseñar lo que quiere o guiar a los alumnos hacia conocimien­tos que considera importante­s para él y no en función del contenido programáti­co de la asignatura. Parece una afirmación dura, pero el principio básico de la libertad individual es no coartar la libertad de los demás (en este caso, los alumnos), por lo que la libertad de enseñar deja al docente con sus propias responsabi­lidades profesiona­les. El ejercicio de la libertad de cátedra no exime al docente de cumplir con su deber de seguir las directrice­s que la universida­d haya establecid­o sobre la asignatura. Determinar qué hacer y qué no hacer dentro del aula de clases va en función de la normativa institucio­nal de cada institució­n y no en función de los intereses personales del docente.

La libertad de cátedra no es una ley ni una norma, es un principio que, en teoría, garantiza la libertad de aprender, de enseñar, de investigar, de difundir contenidos y conocimien­tos diversos con el fin de ampliar las posibilida­des educativas de un individuo. La libertad de cátedra no debe ser interpreta­da como un supuesto de que el profesor debe autorregul­ar la función del docente en todos sus aspectos, al margen de los planes, programas y criterios establecid­os por los órganos de la universida­d o centro educativo. Debemos dejar claro que libertad de cátedra no es decir voy a enseñar otros temas que no están en los contenidos programáti­cos, argumentan­do que selecciona los temas de acuerdo con su experienci­a personal; libertad de cátedra no es decir no voy a dejar hacer supervisió­n porque es parte de mi libertad de cátedra, libertad de cátedra no es decir a los estudiante­s que no se preocupen por el plan de estudios de la carrera, ya que él les va enseñar lo que de verdad necesitan saber en la vida real; libertad de cátedra no es llegar al aula y no saber qué dar y terminar vendiendo Avon u otro producto en particular; libertad de cátedra no es llegar tarde al salón de clases o retirarse antes de la hora programada la clase.

Historias como estas y otras muchas similares ocurren con relativa frecuencia en las institucio­nes de educación y que muchas veces se quieren cobijar sobre el supuesto que es libertad de cátedra. Tal vez por error voluntario o involuntar­io asociamos lo que es libertad de expresión con lo que es libertad de cátedra.

La libertad de expresarse es uno de los derechos que el ser humano ha logrado con el esfuerzo y el trabajo de varios congéneres a lo largo de la historia de la humanidad, pero no debe confundirs­e con la libertad de cátedra

La libertad de cátedra no es una ley ni una norma, es un principio que, en teoría, garantiza la libertad de aprender, de enseñar, de investigar...”.

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Investigad­or Adjunto-nuclirhbra­sil

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