Empresa de implantes debe indemnizar a 7,000 latinas
El tribunal de Comercio de Toulón, Francia, condena a la compañía TÜV a pagar 60 millones de euros a 20,000 demandantes
PARÍS. La justicia francesa condenó ayer a la empresa de certificación alemana TÜV a indemnizar a más de 20,000 mujeres, de ellas unas 7,000 latinoamericanas -la mayoría colombianas y venezolanas-, a las que se implantaron glándulas mamarias del fabricante francés PIP que llevaban un gel fraudulento. El Tribunal de Comercio de Tolón decidió la designación de peritos para fijar el perjuicio sufrido por las mujeres, que como mínimo recibirán 3,000 euros (unos 3,180 dólares), explicó a Efe el abogado Laurent Gaudon, que representa al colectivo de afectadas. Gaudon precisó que entre las más de 20,000 concernidas por este procedimiento hay unas 7,000 de países latinoamericanos, en particular colombianas y venezolanas. El Tribunal de Comercio de Tolón consideró en su dictamen que TÜV debería haber controlado el proceso de fabricación de los implantes PIP (Poly Implants Prothèses), pero que lo delegó en una filial que no era competente para hacerlo. También estimó que había elementos visibles de que se estaba produciendo un frau- Decenas de miles de prótesis fraudulentas fabricadas por la compañía francesa Poly Implant Prothèse (PIP) fueron vendidas en el mundo, muchas de ellas en América Latina.
de, según el relato de Gaudon. PIP cambiaba el gel autorizado por otro más barato que producía frecuentemente la ruptura de la prótesis mamaria. La sentencia va en la misma línea que otra del mismo órgano judicial, que en 2013 había condenado a TÜV a pagar 3,400 euros (unos 3,600 euros) a 1,900 víctimas de las prótesis. Sin embargo, luego el Tribunal de Apelación de Aix en Provence dio la razón en julio de 2015 a la empresa y ahora ese dossier está recurrido ante el Tribunal
Supremo. TÜV anunció ayer mismo en un comunicado de sus abogados que va a recurrir este nuevo dictamen, que a su parecer está “en total contradicción con la larga serie de posiciones de las jurisdicciones y autoridades que han estudiado el fondo del caso PIP hasta ahora”. El fundador de PIP, JeanClaude Mas, fue condenado en mayo de 2016 a cuatro años de cárcel por la utilización durante años de un gel fraudulento y engañar a los organismos de control y de certificación. CARACAS. El Tribunal Supremo de Justicia (TSJ) de Venezuela autorizó a los ciudadanos que posean más de una nacionalidad a aspirar a la Presidencia de la República, siempre que el interesado renuncie a otras ciudadanías antes de postular su nombre a la primera magistratura. La Sala Constitucional del TSJ, a solicitud del abogado Jaime Pájaro, interpretó el artículo 227 de la Constitución, que dispone, entre otras cuestiones, que para ser elegido jefe de Estado se requiere ser venezolano por nacimiento y no poseer otra nacionalidad. En este sentido, el Supremo señala que para ostentar el cargo de presidente, participar en la elección y ejercer funciones “solo se deberá poseer una nacionalidad, en este caso la venezolana, pues quien pretenda ejercer el cargo de Presidente y en el caso de ejercerlo, mientras dure su período, no podrá optar a cualquier otra nacionalidad”. Por ello -continúa el TSJ- “si fuese el caso” de un ciudadano que hubiera adquirido otra nacionalidad distinta a la venezolana deberá renunciar a ella “para la satisfacción de las condiciones establecidas en el artículo 227 de la Constitución”. La Sala aclara además que concluido el mandato para el cual fue electo, el entonces expresidente podrá optar por otra nacionalidad si así lo deseara. Por último, el Supremo reitera que el actual jefe de Estado, Nicolás Maduro, cumple con tales exigencias “ya que ha quedado plenamente demostrado que sólo posee la nacionalidad venezolana”. Maduro ha sido cuestionado por la oposición, que asegura que tiene nacionalidad colombiana y por ello el pasado 13 de abril el Parlamento, de mayoría opositora, le solicitó su documento de nacimiento.